D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20211208-5)
Convenio – Convenio de 22 de octubre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura, Turismo y Deporte) y la Federación Madrileña de Billar, para el desarrollo de Programas Deportivos propios de la Comunidad de Madrid con población en edad escolar 2021-2022
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 292
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 35
Segunda
La Comunidad de Madrid aportará a la Federación, a través de la Dirección General
de Deportes, la cantidad máxima total de 3.975 euros, de acuerdo con la siguiente distribución de anualidades:
— 2021: 795 euros.
— 2022: 3.180 euros.
Estos importes son cantidades máximas y se imputarán al subconcepto 22802 “Convenios con instituciones sin fin de lucro”, del programa 336A, del presupuesto de gastos de
la Comunidad de Madrid, de cada una de las anualidades, siempre que exista crédito adecuado y suficiente para ello.
La aportación de la Comunidad de Madrid se destinará a sufragar los siguientes gastos:
Madrid Comunidad Deportiva:
— Técnicos deportivos: 2.100 euros.
Esta cantidad corresponde a un máximo de 1 sesión de 3 horas de duración (42 euros
por sesión) con 2 técnicos en 25 centros escolares.
— Plus de transporte: 500 euros.
Esta cantidad corresponde a la compensación de los gastos de transporte de los técnicos cuando han de realizar su trabajo fuera del centro escolar en el que normalmente desarrollan su actividad, por importe de 10 euros por sesión.
— Gastos de coordinación: 625 euros.
Esta cantidad corresponde al coste de los gastos generales de coordinación de la actividad del programa, que incluyen las siguientes actuaciones: inscripciones de participantes
a las competiciones, calendarios de sesiones divulgativas, organización de pruebas y torneos, conocimiento y resolución de problemas de desarrollo del programa en los centros y
con los participantes, valoración de resultados de torneos y pruebas, y confección de las clasificaciones finales, entre otros. Su importe es de 25 euros por cada centro escolar que participe en el programa.
— Material: 750 euros.
Esta cantidad se destina a la compra de bolas y otro material que pudiera ser necesario
para el desarrollo de la actividad. El material tendrá en todo caso carácter fungible en atención a su utilización para el desarrollo del programa.
— Total: 3.975 euros.
La distribución del coste por anualidades se ha calculado teniendo en cuenta que deberán celebrarse 5 sesiones antes del fin de 2021 y 20 sesiones durante 2022 de Madrid Comunidad Deportiva. En caso de que surgieran imprevistos sobre el calendario de sesiones
o se retrasara el inicio del programa, se intentaría agrupar las sesiones en fechas alternativas a las inicialmente previstas al objeto de conseguir celebrar todas las sesiones y cumplir
los objetivos previstos en el programa. En caso de imposibilidad, la cantidad a abonar se reduciría en cada apartado proporcionalmente al coste de las sesiones efectivamente celebradas.
Esta cantidad constituye el umbral máximo de gasto, pero dado que se trata de una previsión y de que durante el desarrollo del programa existe la posibilidad de que se produzcan desviaciones sobre lo previsto inicialmente, derivadas del número definitivo de participantes, que afecten al número de torneos, o la necesidad sobrevenida de material u otros
gastos indispensables para el adecuado funcionamiento de los programas, la distribución de
los gastos a realizar por la Federación será flexible en el marco de las obligaciones recogidas en la estipulación tercera, siempre que quede justificada la necesidad y que no exceda
de la cifra máxima de gasto. El importe definitivo a abonar se determinará por la Dirección
General de Deportes en función de la justificación presentada por la Federación.
La Federación podrá presentar justificación de su actividad por períodos de uno o más
meses siempre que presente, como mínimo, si ha realizado actividad, una justificación al concluir la actividad correspondiente a 2021, y en todo caso, antes del 21 de diciembre de 2021,
y otra al concluir el programa en 2022, antes del 30 de junio de 2022, respetando en todo
caso las cantidades máximas de cada anualidad establecidas en la estipulación segunda.
Esta última se acompañará de una memoria explicativa de la actividad desarrollada y de los
gastos sufragados durante todo el programa. Asimismo, la Federación presentará declara-
BOCM-20211208-5
Aportación de la Comunidad de Madrid
B.O.C.M. Núm. 292
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 35
Segunda
La Comunidad de Madrid aportará a la Federación, a través de la Dirección General
de Deportes, la cantidad máxima total de 3.975 euros, de acuerdo con la siguiente distribución de anualidades:
— 2021: 795 euros.
— 2022: 3.180 euros.
Estos importes son cantidades máximas y se imputarán al subconcepto 22802 “Convenios con instituciones sin fin de lucro”, del programa 336A, del presupuesto de gastos de
la Comunidad de Madrid, de cada una de las anualidades, siempre que exista crédito adecuado y suficiente para ello.
La aportación de la Comunidad de Madrid se destinará a sufragar los siguientes gastos:
Madrid Comunidad Deportiva:
— Técnicos deportivos: 2.100 euros.
Esta cantidad corresponde a un máximo de 1 sesión de 3 horas de duración (42 euros
por sesión) con 2 técnicos en 25 centros escolares.
— Plus de transporte: 500 euros.
Esta cantidad corresponde a la compensación de los gastos de transporte de los técnicos cuando han de realizar su trabajo fuera del centro escolar en el que normalmente desarrollan su actividad, por importe de 10 euros por sesión.
— Gastos de coordinación: 625 euros.
Esta cantidad corresponde al coste de los gastos generales de coordinación de la actividad del programa, que incluyen las siguientes actuaciones: inscripciones de participantes
a las competiciones, calendarios de sesiones divulgativas, organización de pruebas y torneos, conocimiento y resolución de problemas de desarrollo del programa en los centros y
con los participantes, valoración de resultados de torneos y pruebas, y confección de las clasificaciones finales, entre otros. Su importe es de 25 euros por cada centro escolar que participe en el programa.
— Material: 750 euros.
Esta cantidad se destina a la compra de bolas y otro material que pudiera ser necesario
para el desarrollo de la actividad. El material tendrá en todo caso carácter fungible en atención a su utilización para el desarrollo del programa.
— Total: 3.975 euros.
La distribución del coste por anualidades se ha calculado teniendo en cuenta que deberán celebrarse 5 sesiones antes del fin de 2021 y 20 sesiones durante 2022 de Madrid Comunidad Deportiva. En caso de que surgieran imprevistos sobre el calendario de sesiones
o se retrasara el inicio del programa, se intentaría agrupar las sesiones en fechas alternativas a las inicialmente previstas al objeto de conseguir celebrar todas las sesiones y cumplir
los objetivos previstos en el programa. En caso de imposibilidad, la cantidad a abonar se reduciría en cada apartado proporcionalmente al coste de las sesiones efectivamente celebradas.
Esta cantidad constituye el umbral máximo de gasto, pero dado que se trata de una previsión y de que durante el desarrollo del programa existe la posibilidad de que se produzcan desviaciones sobre lo previsto inicialmente, derivadas del número definitivo de participantes, que afecten al número de torneos, o la necesidad sobrevenida de material u otros
gastos indispensables para el adecuado funcionamiento de los programas, la distribución de
los gastos a realizar por la Federación será flexible en el marco de las obligaciones recogidas en la estipulación tercera, siempre que quede justificada la necesidad y que no exceda
de la cifra máxima de gasto. El importe definitivo a abonar se determinará por la Dirección
General de Deportes en función de la justificación presentada por la Federación.
La Federación podrá presentar justificación de su actividad por períodos de uno o más
meses siempre que presente, como mínimo, si ha realizado actividad, una justificación al concluir la actividad correspondiente a 2021, y en todo caso, antes del 21 de diciembre de 2021,
y otra al concluir el programa en 2022, antes del 30 de junio de 2022, respetando en todo
caso las cantidades máximas de cada anualidad establecidas en la estipulación segunda.
Esta última se acompañará de una memoria explicativa de la actividad desarrollada y de los
gastos sufragados durante todo el programa. Asimismo, la Federación presentará declara-
BOCM-20211208-5
Aportación de la Comunidad de Madrid