Alcalá de Henares (BOCM-20211207-47)
Urbanismo. Modificación Plan Parcial Sector 30-B
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 291
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 323
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
47
ALCALÁ DE HENARES
URBANISMO
El Ayuntamiento Pleno de esta ciudad, en sesión celebrada el 16 de noviembre de 2021,
adoptó el siguiente acuerdo:
— Subsanar el documento de Modificación Puntual del Plan Parcial aprobado definitivamente en sesión plenaria celebrada el día 20 de octubre de 2020, incorporando “Texto refundido de la Modificación Puntual del Plan Parcial del Sector 30-B
(adecuado al Informe de la Subdirección General de Carreteras del Estado)”, comprensivo de las rectificaciones requeridas mediante informe de la Subdirección
General de Explotación de 4 de agosto de 2021 y, en consecuencia,
— Ratificar la Aprobación Definitiva de la Modificación Puntual del Plan Parcial del
Sector 30-B del Plan General de Ordenación Urbana con las condiciones específicas contenidas en la Resolución de la Subdirección General de Carreteras de 2
de noviembre de 2021 que formarán parte de la documentación normativa del Plan
Parcial, así como publicar el acuerdo y normas del texto refundido del Plan Parcial en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Asimismo, se procede a la publicación de la normativa del Plan Parcial:
NORMAS URBANÍSTICAS
TÍTULO PRIMERO
Artículo 1. Objeto y ámbito territorial.—1. El objeto del presente Plan Parcial es
el desarrollo de las determinaciones de Planeamiento reflejado en el Plan General de Ordenación Urbana de Alcalá de Henares, en el ámbito del Sector 30-B.
2. Este Plan Parcial se ha formulado de acuerdo a las prescripciones del Ordenamiento Urbanístico vigente y demás normas aplicables. Las referencias a la Ley del Suelo,
hechas en este artículo y en los sucesivos lo son a la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Art. 2. Relación con el Planeamiento Superior.—En todo lo que no quede expresamente reflejado en estas Normas y Ordenanzas, serán de aplicación las Normas Urbanísticas del Plan General y la Legislación y Normativa cuyo rango sea superior al del Plan Parcial o al Plan General, en su caso.
Art. 3. Vigencia y obligatoriedad.—1. Este Plan entrará en vigor el día siguiente al
de la publicación de su aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, y mantendrá su vigencia de forma indefinida mientras no sea modificado por
un Plan de igual o superior rango.
2. Las determinaciones del Plan obligan por igual a la Administración y a los particulares, con las limitaciones establecidas en la Ley del Suelo y demás disposiciones reglamentarias.
Art. 4. Carácter y sistemas de actuación.—El Presente Plan Parcial se entiende de
Ejecución Privada por Compensación a Iniciativa de los Propietarios (Ejecución directa por
los Propietarios del Sector), según el artículo 106 y siguientes de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid (Ley 9/2001).
Art. 5. Documentación del Plan Parcial.—1. La documentación del Plan Parcial
consta de los siguientes documentos:
1) Memoria Informativa, Memoria Descriptiva y Justificativa.
2) Organización y Gestión de la Ejecución (Plan de Etapas y sistema de ejecución).
3) Estudio o informe relativo a las infraestructuras de la red de saneamiento, de conformidad a la normativa reguladora de las infraestructuras de saneamiento.
BOCM-20211207-47
Vigencia, contenido y efectos
B.O.C.M. Núm. 291
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 323
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
47
ALCALÁ DE HENARES
URBANISMO
El Ayuntamiento Pleno de esta ciudad, en sesión celebrada el 16 de noviembre de 2021,
adoptó el siguiente acuerdo:
— Subsanar el documento de Modificación Puntual del Plan Parcial aprobado definitivamente en sesión plenaria celebrada el día 20 de octubre de 2020, incorporando “Texto refundido de la Modificación Puntual del Plan Parcial del Sector 30-B
(adecuado al Informe de la Subdirección General de Carreteras del Estado)”, comprensivo de las rectificaciones requeridas mediante informe de la Subdirección
General de Explotación de 4 de agosto de 2021 y, en consecuencia,
— Ratificar la Aprobación Definitiva de la Modificación Puntual del Plan Parcial del
Sector 30-B del Plan General de Ordenación Urbana con las condiciones específicas contenidas en la Resolución de la Subdirección General de Carreteras de 2
de noviembre de 2021 que formarán parte de la documentación normativa del Plan
Parcial, así como publicar el acuerdo y normas del texto refundido del Plan Parcial en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Asimismo, se procede a la publicación de la normativa del Plan Parcial:
NORMAS URBANÍSTICAS
TÍTULO PRIMERO
Artículo 1. Objeto y ámbito territorial.—1. El objeto del presente Plan Parcial es
el desarrollo de las determinaciones de Planeamiento reflejado en el Plan General de Ordenación Urbana de Alcalá de Henares, en el ámbito del Sector 30-B.
2. Este Plan Parcial se ha formulado de acuerdo a las prescripciones del Ordenamiento Urbanístico vigente y demás normas aplicables. Las referencias a la Ley del Suelo,
hechas en este artículo y en los sucesivos lo son a la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Art. 2. Relación con el Planeamiento Superior.—En todo lo que no quede expresamente reflejado en estas Normas y Ordenanzas, serán de aplicación las Normas Urbanísticas del Plan General y la Legislación y Normativa cuyo rango sea superior al del Plan Parcial o al Plan General, en su caso.
Art. 3. Vigencia y obligatoriedad.—1. Este Plan entrará en vigor el día siguiente al
de la publicación de su aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, y mantendrá su vigencia de forma indefinida mientras no sea modificado por
un Plan de igual o superior rango.
2. Las determinaciones del Plan obligan por igual a la Administración y a los particulares, con las limitaciones establecidas en la Ley del Suelo y demás disposiciones reglamentarias.
Art. 4. Carácter y sistemas de actuación.—El Presente Plan Parcial se entiende de
Ejecución Privada por Compensación a Iniciativa de los Propietarios (Ejecución directa por
los Propietarios del Sector), según el artículo 106 y siguientes de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid (Ley 9/2001).
Art. 5. Documentación del Plan Parcial.—1. La documentación del Plan Parcial
consta de los siguientes documentos:
1) Memoria Informativa, Memoria Descriptiva y Justificativa.
2) Organización y Gestión de la Ejecución (Plan de Etapas y sistema de ejecución).
3) Estudio o informe relativo a las infraestructuras de la red de saneamiento, de conformidad a la normativa reguladora de las infraestructuras de saneamiento.
BOCM-20211207-47
Vigencia, contenido y efectos