Madrid número 6 (BOCM-20211206-18)
Procedimiento 431/2021
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 290

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
18

MADRID NÚMERO 6
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. RAQUEL PAZ GARCIA DE MATEOS LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 6 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 431/2021 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. NAYIM AFKIR frente a CAFE RIO 2012 SL sobre Despidos / Ceses en
general se ha dictado la siguiente resolución:
FALLO
Que estimando la demanda formulada por D. NAYIM AFKIR, contra “CAFÉ RIO 2012
SL”, debo declarar y declaro improcedente el despido de la parte actora, condenando a la empresa demandada a que, a su elección que deberá manifestar en el plazo de los cinco días siguientes al de la notificación de esta sentencia, le readmita en su mismo puesto de trabajo o le
indemnice en la suma de 10.667,73 euros, entendiéndose que de no hacerlo en el plazo indicado opta por lo primero, así como al abono de los salarios dejados de percibir, asimismo la empresa demandada deberá abonar a la actora la cantidad de 2.149,83 euros más el interés moratorio legalmente establecido referido a esta última cantidad.
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndolas saber que la misma no es firme, y
frente a ella cabe formular recurso de suplicación al tribunal Superior de Justicia de Madrid,
el cual deberá anunciarse en éste Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de ésta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a CAFE RIO 2012 SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a dieciocho de noviembre de dos mil veintiuno.

BOCM-20211206-18

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/32.230/21)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791