Móstoles número 1 (BOCM-20211203-142)
Procedimiento 167/2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 572
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 288
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
142
MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 167/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
D./Dña. JOSE ANTONIO PEREZ RODRIGUEZ frente a INSTALACIONES Y MUEBLES, S.L. sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
FALLO
ESTIMAR la demanda de despido interpuesta por Don José Antonio Pérez Rodríguez
contra Instalaciones y Muebles S.L., DECLARANDO IMPROCEDENTE EL DESPIDO del
actor y siendo imposible la readmisión, DECLARO EXTINGUIDA la relación laboral entre
las partes en la fecha de la presente resolución judicial y CONDENO a Instalaciones y Muebles S.L. a abonar a Don José Antonio Pérez Rodríguez la indemnización de 52.553,89 euros
más el abono de los salarios de trámite a razón de 64,83 euros diarios desde el día 14 de Enero de 2021 hasta la fecha de la sentencia, descontando el período de prestación por desempleo
desde el 17 de Enero de 2021 al 18 de Abril de 2021 así como los rendimientos netos que percibe como autónomo desde el día 19 de Abril de 2021 si es igual o superior, si es inferior la
diferencia, lo que se determinará en ejecución de sentencia.
ESTIMAR la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por Don José Antonio Pérez Rodríguez contra Instalaciones y Muebles S.L., CONDENANDO a Instalaciones y Muebles S.L. a abonar al demandante la cantidad de 8.768, 55 euros brutos más el 10 por 100 de
interés por mora.
DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO al Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio de lo
dispuesto en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a INSTALACIONES Y
MUEBLES, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia
de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, sal-
BOCM-20211203-142
Notifíquese la presente sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia
de Madrid, ANUNCIÁNDOLO por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los 5 días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social para su
tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen
Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de anunciarlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta
de este juzgado abierta en el Banco Santander, IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, y
número cuenta expediente 2850-0000-00-0167-21, así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de la entidad financiera por el mismo importe, en
el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Pág. 572
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 288
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
142
MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 167/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
D./Dña. JOSE ANTONIO PEREZ RODRIGUEZ frente a INSTALACIONES Y MUEBLES, S.L. sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
FALLO
ESTIMAR la demanda de despido interpuesta por Don José Antonio Pérez Rodríguez
contra Instalaciones y Muebles S.L., DECLARANDO IMPROCEDENTE EL DESPIDO del
actor y siendo imposible la readmisión, DECLARO EXTINGUIDA la relación laboral entre
las partes en la fecha de la presente resolución judicial y CONDENO a Instalaciones y Muebles S.L. a abonar a Don José Antonio Pérez Rodríguez la indemnización de 52.553,89 euros
más el abono de los salarios de trámite a razón de 64,83 euros diarios desde el día 14 de Enero de 2021 hasta la fecha de la sentencia, descontando el período de prestación por desempleo
desde el 17 de Enero de 2021 al 18 de Abril de 2021 así como los rendimientos netos que percibe como autónomo desde el día 19 de Abril de 2021 si es igual o superior, si es inferior la
diferencia, lo que se determinará en ejecución de sentencia.
ESTIMAR la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por Don José Antonio Pérez Rodríguez contra Instalaciones y Muebles S.L., CONDENANDO a Instalaciones y Muebles S.L. a abonar al demandante la cantidad de 8.768, 55 euros brutos más el 10 por 100 de
interés por mora.
DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO al Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio de lo
dispuesto en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a INSTALACIONES Y
MUEBLES, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia
de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, sal-
BOCM-20211203-142
Notifíquese la presente sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia
de Madrid, ANUNCIÁNDOLO por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los 5 días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social para su
tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen
Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de anunciarlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta
de este juzgado abierta en el Banco Santander, IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, y
número cuenta expediente 2850-0000-00-0167-21, así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de la entidad financiera por el mismo importe, en
el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.