B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211203-8)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 537/2021, de 3 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Titulado Medio Especialista (Grupo II, Nivel 8, Área A) de la Comunidad de Madrid de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 94
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 288
Segunda
Personas aspirantes
1. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas, bastará con
que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de todos los requisitos que se recogen en el apartado quinto.1 de la Orden 1021/2021,
de 27 de abril, estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes la titulación de Grado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico, o de cualquier otra titulación o estudios equivalentes,
de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente en la materia.
Se considera equivalente al título de Diplomado Universitario el haber superado los tres
primeros cursos completos de los estudios conducentes a la obtención de cualquier título oficial de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, o el primer ciclo correspondiente a dichos estudios, siempre que este primer ciclo contenga una carga lectiva mínima de 180 créditos.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la
correspondiente credencial de homologación conforme a la regulación que resulte de aplicación.
Tercera
1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en
el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de
Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.
2. Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se deberán cumplimentar por medios electrónicos, a través de la página web de la Comunidad de Madrid, a la que
se puede acceder mediante el enlace https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/
estabilizacion-empleo-comunidad-madrid, seleccionando la Sección Personal Laboral, el
Grupo II y la categoría profesional Titulado Medio Especialista y rellenando el formulario
de solicitud, de acuerdo con las instrucciones que también constan en el mismo, previo
pago, en su caso, de la tasa por derechos de examen a que se refiere la base cuarta de la presente Orden.
3. La cumplimentación electrónica y presentación telemática de la solicitud se realizará de acuerdo con las siguientes indicaciones: una vez se haya accedido a través del enlace https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/estabilizacion-empleo-comunidadmadrid a la convocatoria de este proceso selectivo y a “Cumplimentación de solicitud y
tasas - Solicitud”, deberá seleccionarse en “Identificación” la opción de “Acceso con certificado”, debiendo disponer para ello la persona interesada de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de
prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que
la Comunidad de Madrid considere valido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma y tener instalada la aplicación “Autofirma”,
que podrá descargarse desde la Sección “Ayuda y Requisitos” de la ventana de “Identificación”. Una vez se haya autenticado con el certificado, se accederá al formulario de la solicitud para su cumplimentación y anexado de la documentación que corresponda de entre la
que se indica en la base tercera.4 de esta orden. Finalizada la cumplimentación del formulario el sistema le permitirá confirmarlo y enviarlo mediante su firma electrónica y le generará un documento en formato pdf que deberá guardar.
4. Las personas aspirantes deberán acompañar a las solicitudes de participación la
documentación que corresponda de entre la que se indica a continuación:
a) El ejemplar para la Administración del impreso modelo 030, acreditativo de haber
abonado la tasa por derechos de examen y, en su caso, la documentación acreditativa de la exención parcial o total del pago de la misma, todo ello en la forma y
términos dispuestos en la base octava apartado 8.2 de la Orden 913/2019, de 26 de
marzo
b) Quienes precisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización del ejercicio de que consta el proceso selectivo, deberán indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud de participación e identificar el tipo o tipos de adaptaciones
pretendidas, sin que, en ningún caso, la adaptación pueda consistir en la exención
BOCM-20211203-8
Solicitudes y plazo de presentación
Pág. 94
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 288
Segunda
Personas aspirantes
1. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas, bastará con
que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de todos los requisitos que se recogen en el apartado quinto.1 de la Orden 1021/2021,
de 27 de abril, estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes la titulación de Grado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico, o de cualquier otra titulación o estudios equivalentes,
de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente en la materia.
Se considera equivalente al título de Diplomado Universitario el haber superado los tres
primeros cursos completos de los estudios conducentes a la obtención de cualquier título oficial de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, o el primer ciclo correspondiente a dichos estudios, siempre que este primer ciclo contenga una carga lectiva mínima de 180 créditos.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la
correspondiente credencial de homologación conforme a la regulación que resulte de aplicación.
Tercera
1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en
el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de
Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.
2. Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se deberán cumplimentar por medios electrónicos, a través de la página web de la Comunidad de Madrid, a la que
se puede acceder mediante el enlace https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/
estabilizacion-empleo-comunidad-madrid, seleccionando la Sección Personal Laboral, el
Grupo II y la categoría profesional Titulado Medio Especialista y rellenando el formulario
de solicitud, de acuerdo con las instrucciones que también constan en el mismo, previo
pago, en su caso, de la tasa por derechos de examen a que se refiere la base cuarta de la presente Orden.
3. La cumplimentación electrónica y presentación telemática de la solicitud se realizará de acuerdo con las siguientes indicaciones: una vez se haya accedido a través del enlace https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/estabilizacion-empleo-comunidadmadrid a la convocatoria de este proceso selectivo y a “Cumplimentación de solicitud y
tasas - Solicitud”, deberá seleccionarse en “Identificación” la opción de “Acceso con certificado”, debiendo disponer para ello la persona interesada de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de
prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que
la Comunidad de Madrid considere valido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma y tener instalada la aplicación “Autofirma”,
que podrá descargarse desde la Sección “Ayuda y Requisitos” de la ventana de “Identificación”. Una vez se haya autenticado con el certificado, se accederá al formulario de la solicitud para su cumplimentación y anexado de la documentación que corresponda de entre la
que se indica en la base tercera.4 de esta orden. Finalizada la cumplimentación del formulario el sistema le permitirá confirmarlo y enviarlo mediante su firma electrónica y le generará un documento en formato pdf que deberá guardar.
4. Las personas aspirantes deberán acompañar a las solicitudes de participación la
documentación que corresponda de entre la que se indica a continuación:
a) El ejemplar para la Administración del impreso modelo 030, acreditativo de haber
abonado la tasa por derechos de examen y, en su caso, la documentación acreditativa de la exención parcial o total del pago de la misma, todo ello en la forma y
términos dispuestos en la base octava apartado 8.2 de la Orden 913/2019, de 26 de
marzo
b) Quienes precisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización del ejercicio de que consta el proceso selectivo, deberán indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud de participación e identificar el tipo o tipos de adaptaciones
pretendidas, sin que, en ningún caso, la adaptación pueda consistir en la exención
BOCM-20211203-8
Solicitudes y plazo de presentación