C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20211203-40)
Concesión becas –  Orden 3524/2021, de 1 de diciembre, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se resuelve la convocatoria de becas para el estudio de Formación Profesional de Grado Superior en la Comunidad de Madrid para el curso 2021-2022
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 288

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE DICIEMBRE DE 2021

Pág. 359

DISPONGO
Primero
Conceder las becas para el estudio de Formación Profesional de Grado Superior para
el curso 2021-2022, por el importe determinado en cada caso, a los solicitantes que figuran
en el Anexo I “Beneficiarios” de la propuesta de resolución.
Segundo
Declarar excluidos de la convocatoria, por las causas que en cada caso se determinan,
a los solicitantes relacionados en la lista que constituye el Anexo II “Excluidos” de la propuesta de resolución.
Tercero
Los Anexos I y II correspondientes a las listas de beneficiarios y las de excluidos podrán consultarse en las Direcciones de Área Territorial, así como en el Punto de Información y Atención al Ciudadano de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía.
Cuarto
El coste total de las becas concedidas se financiará con cargo al subconcepto 48399 del
programa 323M “Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio”, de los presupuestos
generales de la Comunidad de Madrid.
Quinto
El pago de las becas se hará efectivo mediante la entrega de una tarjeta personalizada
con el importe total de la beca.
El beneficiario deberá presentar la tarjeta mensualmente en el centro de matriculación
en concepto de abono (total o parcial) de la cuota de escolarización.
En la tarjeta se fijará una fecha de caducidad, transcurrida la cual no podrá ser canjeada.
Sexto
La disposición del gasto por el importe total señalado se aprobará a nombre de la empresa que interviene en el procedimiento de gestión como entidad colaboradora.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el Consejero de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavoz del Gobierno, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y
en la página web institucional de la Comunidad de Madrid. También podrá interponerse,
directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente a dicha publicación.
Madrid, a 1 de diciembre de 2021.
El Consejero de Educación, Universidades, Ciencia
y Portavoz del Gobierno,
ENRIQUE OSSORIO CRESPO

BOCM-20211203-40

(03/33.399/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791