Móstoles número 1 (BOCM-20211202-95)
Procedimiento 61/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 287

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE DICIEMBRE DE 2021

Pág. 357

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
95

MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 61/2021 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. SONIA CRUZ FLORES frente a FONDO DE GARANTIA SOCIAL,
INENGE, S.L.U, D./Dña. DANIEL GOMEZ DE ARRIBA y D./Dña. DANIEL GOMEZ DE
ARRIBA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
FALLO

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de su fecha por
Don Francisco Juan Sánchez Delgado, Magistrado del Juzgado de lo Social número 1 de Móstoles y de su partido judicial que la suscribe, estando celebrando Audiencia Pública. Se incluye original de esta resolución en el libro de Sentencias, poniendo en los autos certificación literal de la misma y se remite a cada una de las partes un sobre por correo certificado con acuse
de recibo, conteniendo copia de ella, conforme a lo dispuesto en los artículo 56 a 60 de la
Ley 36/2011 de 10 de Octubre reguladora de la jurisdicción social. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a INENGE, S.L.U, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo

BOCM-20211202-95

Estimar la demanda de despido interpuesta por Doña Sonia Cruz Flores contra Inenge
S.L.U., declarando improcedente el despido de la demandante, y siendo imposible la readmisión, declaro extinguida la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución judicial y condeno a Inenge S.L.U. a abonar a Doña Sonia Cruz Flores la indemnización de 12.004, 74 euros más los salarios de trámite a razón de 60, 63 diarios desde la
fecha del despido hasta la fecha de la sentencia, descontando el período que ha percibido la
prestación por desempleo desde el 25 de Noviembre de 2020 al 18 de Abril de 2021, y el
salario que percibe de Rexel Spain S.L. si es igual o superior al salario de trámite, si es inferior la diferencia, lo que se determinará en ejecución de sentencia.
Estimar la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por Doña Sonia Cruz Flores contra Inenge S.L.U., condenando a Inenge S.L. a abonar a la demandante la cantidad
de 2.848, 10 euros brutos más el 10 % de interés por mora.
No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer
recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los 5 días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social para su tramitación. Se
advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al
tiempo de anunciarlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta de este juzgado
abierta en el Banco Santander, IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, y número cuenta
expediente 2850-0000-00-0061-21, así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de la entidad financiera por el mismo importe, en el que se haga
constar la responsabilidad solidaria del avalista.
La presente resolución judicial, la pronuncia, manda y firma Don Francisco Juan Sánchez Delgado, Magistrado del Juzgado de lo Social número 1 de Móstoles, en nombre de
su Majestad el Rey.