Madrid número 1 (BOCM-20211202-85)
Procedimiento 462/2021
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 344
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 287
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
85
MADRID NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. LAURA CARRIÓN GÓMEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL
Juzgado de lo Social nº 01 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 462/2021 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D. ALBERTO JURADO BONILLA frente a WORKSHOP EXPERIENCE
GROUP S.L., FONDO DE GARANTIA SALARIAL y JUST IMAGE SL sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
FALLO
ESTIMANDO la demanda de despido interpuesta por ALBERTO JURADO BONILLA
contra JUST IMAGE S.L., y contra WORKSHOP EXPERIENCE GROUP S.L., declaro improcedente el despido del trabajador efectuado el día 26-2-2021, con efectos del día 14-3-2021,
declarando extinguida la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución
condenando a las empresas demandadas a abonar solidariamente al demandante la cantidad
de 3.580,46 euros, más otros 11.045,40 euros correspondientes a salarios de tramitación.
SE ESTIMA igualmente la reclamación de cantidad y debo condenar y condeno a las
empresas demandadas a abonar solidariamente al demandante la cantidad de 341,40 euros,
más el 10% de interese por mora.
Se advierte a las partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación.
Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al
tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55
0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2499-0000-61-0462-21 del BANCO DE SANTANDER
aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el BANCO DE SANTANDER o presentar aval
de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a FONDO DE GARANTIA SALARIAL, D./Dña. ALBERTO JURADO BONILLA, JUST IMAGE SL y
WORKSHOP EXPERIENCE GROUP S.L., en ignorado paradero, expido el presente para
su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y el tablón de anuncios del
Juzgado.
En Madrid, a quince de noviembre de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/32.004/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20211202-85
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
Pág. 344
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 287
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
85
MADRID NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. LAURA CARRIÓN GÓMEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL
Juzgado de lo Social nº 01 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 462/2021 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D. ALBERTO JURADO BONILLA frente a WORKSHOP EXPERIENCE
GROUP S.L., FONDO DE GARANTIA SALARIAL y JUST IMAGE SL sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
FALLO
ESTIMANDO la demanda de despido interpuesta por ALBERTO JURADO BONILLA
contra JUST IMAGE S.L., y contra WORKSHOP EXPERIENCE GROUP S.L., declaro improcedente el despido del trabajador efectuado el día 26-2-2021, con efectos del día 14-3-2021,
declarando extinguida la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución
condenando a las empresas demandadas a abonar solidariamente al demandante la cantidad
de 3.580,46 euros, más otros 11.045,40 euros correspondientes a salarios de tramitación.
SE ESTIMA igualmente la reclamación de cantidad y debo condenar y condeno a las
empresas demandadas a abonar solidariamente al demandante la cantidad de 341,40 euros,
más el 10% de interese por mora.
Se advierte a las partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación.
Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al
tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55
0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2499-0000-61-0462-21 del BANCO DE SANTANDER
aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el BANCO DE SANTANDER o presentar aval
de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a FONDO DE GARANTIA SALARIAL, D./Dña. ALBERTO JURADO BONILLA, JUST IMAGE SL y
WORKSHOP EXPERIENCE GROUP S.L., en ignorado paradero, expido el presente para
su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y el tablón de anuncios del
Juzgado.
En Madrid, a quince de noviembre de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
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ISSN 1989-4791
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Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.