Madrid número 18 (BOCM-20211202-82)
Procedimiento 1907/2021
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 287

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE
82

MADRID NÚMERO 18
EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio sobre delitos leves 1907/2021
contra D./Dña. CARLOS JIMENEZ GABARRI por un presunto delito de Lesiones, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
AUTO
El/la juez/magistrado-juez que lo dicta: D./Dña. ANGEL JOSE LERA CARRASCO.
Lugar: Madrid.
Fecha: 15 de octubre de 2021.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- En este Juzgado se ha recibido atestado de MADRID-USERA-COMISARIA DE DISTRITO-ODAC por posible infracción penal cometida en la localidad de
Madrid, resultando lesionado Francisco Javier Hincapie Vacuña.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Los hechos relatados podrían hacer presumir la posible comisión de un
delito leve de Lesiones por lo que procede tramitar las presentes diligencias según lo establecido en los artículos 965 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, siendo competente este Juzgado para el enjuiciamiento de los hechos conforme a las normas de la competencia objetiva, territorial y de reparto en virtud de lo establecido en el artículo 14 del
citado texto legal, artículos concordantes de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y normas
de reparto vigentes.
SEGUNDO.- No obstante, de lo actuado no resulta debidamente justificada la perpetración del delito leve que ha dado motivo a la formación de la causa, por lo que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 641-1.o de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, procede,
por ahora, decretar sobreseimiento provisional de las actuaciones.
PARTE DISPOSITIVA
Incóese juicio por delito leve, registrándose como Juicio sobre delitos leves n.o 1907/2021.
Se acuerda el sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones, que será definitivo una vez transcurrido el plazo de un año desde la fecha de la firmeza de esta resolución.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas, y al M.o Fiscal,

Lo acuerda y firma S.S.a. Doy fe.
El/La Juez/Magistrado-Juez

El/La Letrado/a de la Administración de Justicia

BOCM-20211202-82

Contra esta resolución cabe interponer recurso de reforma y subsidiario de apelación
dentro de los tres días siguientes a su notificación, o bien, recurso de apelación directo dentro de los cinco días siguientes a la última notificación.