B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20211202-14)
Nombramiento – Acuerdo de 24 de noviembre de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se nombran Vocales del Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid en representación de la Administración de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado y de las Corporaciones Locales
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 287
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 181
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
ACUERDO de 24 de noviembre de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se
nombran Vocales del Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid en representación de la Administración de la Comunidad de
Madrid, de la Administración General del Estado y de las Corporaciones Locales.
La Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia en la Comunidad de Madrid, dedica el capítulo V de su título IV a los Consejos de
Atención a la Infancia y la Adolescencia, definiéndolos como órganos colegiados de coordinación de las distintas Administraciones Públicas y de participación de las entidades, asociaciones y organizaciones de la iniciativa social, que se ocupan e inciden en la calidad de vida
de los menores que residen en el territorio de la Comunidad de Madrid, y asimismo fomentan y articulan la participación social de los niños, niñas y adolescentes que residen en su ámbito, contribuyendo a la expresión y al conocimiento directo de sus intereses y necesidades.
De igual forma, la Ley 18/1999, de 29 de abril, Reguladora de los Consejos de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, define los distintos ámbitos territoriales de actuación de los Consejos, habiéndose constituido a su amparo el Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, los Consejos
de Área y los Consejos Locales.
El Reglamento del Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto 64/2001, de 10 de mayo, dedica su capítulo III a la
composición y competencias de sus miembros y, dentro del mismo, el artículo 12, dispone
que los vocales del citado Consejo serán nombrados por acuerdo del Consejo de Gobierno
de la Comunidad de Madrid y a propuesta de las respectivas Administraciones y entidades.
Por Acuerdo de 2 de febrero de 2016, del Consejo de Gobierno, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 8 de febrero de 2016, se nombraron nueve de los Vocales del Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, en representación de la Administración de la Comunidad de Madrid y
de las Corporaciones Locales.
La aprobación del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad
de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y del Decreto 157/2021, de 7 de julio, del Consejo de Gobierno, por el
que se modifica el Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se
modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, así
como del Decreto 208/2021, de 1 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social han
supuesto importantes cambios organizativos en la Administración de la Comunidad de
Madrid. Esta reestructuración de la administración autonómica ha afectado a la configuración del Consejo de la Infancia y la Adolescencia.
En consecuencia, procede nombrar nuevos Vocales en representación de la Administración de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado y de las corporaciones locales.
Ha de tenerse en cuenta que, conforme a lo dispuesto en el Decreto 88/2021, de 30 de junio, y el Decreto 208/2021, de 1 de septiembre, así como en el artículo 10 del Decreto 64/2001,
de 10 de mayo, que atribuye la Vicepresidencia del Consejo de Atención a la Infancia y
Adolescencia de la Comunidad de Madrid al Director Gerente del extinto Instituto Madrileño del Menor y la Familia Menor, es el Director General de Infancia, Familia y Fomento
de la Natalidad quien asume la Vicepresidencia del Consejo de Atención a la Infancia y la
Adolescencia de la Comunidad de Madrid.
En virtud de lo anterior, y de conformidad con el artículo 12 del Reglamento del Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, aprobado por
el Decreto 64/2001, de 10 de mayo, a propuesta de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, en su reunión del día 24 de noviembre de 2021,
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B.O.C.M. Núm. 287
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 181
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
ACUERDO de 24 de noviembre de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se
nombran Vocales del Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid en representación de la Administración de la Comunidad de
Madrid, de la Administración General del Estado y de las Corporaciones Locales.
La Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia en la Comunidad de Madrid, dedica el capítulo V de su título IV a los Consejos de
Atención a la Infancia y la Adolescencia, definiéndolos como órganos colegiados de coordinación de las distintas Administraciones Públicas y de participación de las entidades, asociaciones y organizaciones de la iniciativa social, que se ocupan e inciden en la calidad de vida
de los menores que residen en el territorio de la Comunidad de Madrid, y asimismo fomentan y articulan la participación social de los niños, niñas y adolescentes que residen en su ámbito, contribuyendo a la expresión y al conocimiento directo de sus intereses y necesidades.
De igual forma, la Ley 18/1999, de 29 de abril, Reguladora de los Consejos de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, define los distintos ámbitos territoriales de actuación de los Consejos, habiéndose constituido a su amparo el Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, los Consejos
de Área y los Consejos Locales.
El Reglamento del Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto 64/2001, de 10 de mayo, dedica su capítulo III a la
composición y competencias de sus miembros y, dentro del mismo, el artículo 12, dispone
que los vocales del citado Consejo serán nombrados por acuerdo del Consejo de Gobierno
de la Comunidad de Madrid y a propuesta de las respectivas Administraciones y entidades.
Por Acuerdo de 2 de febrero de 2016, del Consejo de Gobierno, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 8 de febrero de 2016, se nombraron nueve de los Vocales del Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, en representación de la Administración de la Comunidad de Madrid y
de las Corporaciones Locales.
La aprobación del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad
de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y del Decreto 157/2021, de 7 de julio, del Consejo de Gobierno, por el
que se modifica el Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se
modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, así
como del Decreto 208/2021, de 1 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social han
supuesto importantes cambios organizativos en la Administración de la Comunidad de
Madrid. Esta reestructuración de la administración autonómica ha afectado a la configuración del Consejo de la Infancia y la Adolescencia.
En consecuencia, procede nombrar nuevos Vocales en representación de la Administración de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado y de las corporaciones locales.
Ha de tenerse en cuenta que, conforme a lo dispuesto en el Decreto 88/2021, de 30 de junio, y el Decreto 208/2021, de 1 de septiembre, así como en el artículo 10 del Decreto 64/2001,
de 10 de mayo, que atribuye la Vicepresidencia del Consejo de Atención a la Infancia y
Adolescencia de la Comunidad de Madrid al Director Gerente del extinto Instituto Madrileño del Menor y la Familia Menor, es el Director General de Infancia, Familia y Fomento
de la Natalidad quien asume la Vicepresidencia del Consejo de Atención a la Infancia y la
Adolescencia de la Comunidad de Madrid.
En virtud de lo anterior, y de conformidad con el artículo 12 del Reglamento del Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, aprobado por
el Decreto 64/2001, de 10 de mayo, a propuesta de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, en su reunión del día 24 de noviembre de 2021,
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