Móstoles número 1 (BOCM-20211201-83)
Procedimiento 490/2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 286

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 1 DE DICIEMBRE DE 2021

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
83

MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 490/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
D./Dña. MONICA LOZOYA OCHOA frente a ART MAKE UP SL y D./Dña. JAVIER
SILVEIRA FERNANDEZ sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente
resolución:
SENTENCIA Nº 334/2021
En la ciudad de Móstoles, a 12 de Noviembre de 2021.
FALLO
Estimar la demanda de despido interpuesta por Doña Mónica Lozoya Ochoa contra Art
Make Up S.L., declarando improcedente el despido de la actora y siendo imposible la readmisión, declaro extinguida la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución judicial y condeno a Art Make Up S.L. a abonar a Doña Mónica Lozoya Ochoa la indemnización de 4.003,40 euros más el abono de los salarios de trámite a razón de 35, 51
diarios desde la fecha del despido hasta la fecha de la sentencia, descontando el período que
percibió la prestación por desempleo del 25 de Marzo al 16 de Noviembre de 2020 y del 15 de
Abril al 22 de Agosto de 2021, y el salario que percibe de Clece S.A. desde el día 25 de Octubre de 2021 si fuera igual o superior al salario de trámite, si es inferior la diferencia, lo que
se determinará en ejecución de sentencia.
Estimar la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por Doña Mónica Lozoya
Ochoa contra Art Make Up S.L., condenando a Art Make Up S.L. a abonar a la demandante la cantidad de 4.600 euros brutos más el 10 por 100 de interés por mora.
No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.

La presente resolución judicial, la pronuncia, manda y firma Don Francisco Juan Sánchez Delgado, Magistrado del Juzgado de lo Social número 1 de Móstoles, en nombre de
su Majestad el Rey.
Y para que sirva de notificación en legal forma a ART MAKE UP SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

BOCM-20211201-83

Notifíquese la presente sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia
de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de
los 5 días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá
acreditar al tiempo de anunciarlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta de
este juzgado abierta en el Banco Santander, IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, y número cuenta expediente 2850-0000-00-0490-20, así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de la entidad financiera por el mismo importe, en el
que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.