C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN (BOCM-20211201-19)
Modelo telemático – Resolución de 19 de noviembre de 2021, del Director General de Inversiones y Desarrollo Local, por la que se publica el modelo telemático de solicitud de alta de actuación del Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid 2022-2026
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 160
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 1 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 286
Dirección General de Inversiones y Desarrollo Local
CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y DIGITALIZACIÓN
8.- Datos tributarios
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos si lo autoriza expresamente. De lo contrario, deberá aportarlos al procedimiento.
Autorizo
la consulta
No autorizo la
consulta y aporto
el documento
{
{
Certificado de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias con la AEAT
(*) En la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable.
El certificado de estar al corriente de pago con la Comunidad de Madrid se solicitará de oficio por el órgano gestor (artículo 29.5 de la Ley 9/1990,
de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid)
9.- Entidad bancaria:
IBAN
Entidad
(*) En esta cuenta se ingresarán todas las aportaciones de la Comunidad de Madrid a las actuaciones del Programa.
Oficina
D.C.
Número de Cuenta
El plazo de resolución del presente procedimiento es de seis meses a contar desde que la solicitud haya tenido entrada en cualquiera de los Registros
del Órgano competente para su resolución. Transcurrido dicho plazo sin haber recibido notificación con la resolución dictada en el procedimiento,
esta solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo, a los efectos legales que procedan. Todo ello sin perjuicio de la suspensión del
plazo de tramitación en los casos previstos por el artículo 22 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas o por causa imputable al interesado
En ……………………………………., a…..…..... de……..…………..… de…………
FIRMA
DESTINATARIO
Consejería de Administración Local y Digitalización
Dirección General de Inversiones y Desarrollo Local
Código 2971F1
BOCM-20211201-19
Puede consultar la información referida al deber de información de protección de datos personales en las páginas siguientes
Pág. 160
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 1 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 286
Dirección General de Inversiones y Desarrollo Local
CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y DIGITALIZACIÓN
8.- Datos tributarios
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos si lo autoriza expresamente. De lo contrario, deberá aportarlos al procedimiento.
Autorizo
la consulta
No autorizo la
consulta y aporto
el documento
{
{
Certificado de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias con la AEAT
(*) En la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable.
El certificado de estar al corriente de pago con la Comunidad de Madrid se solicitará de oficio por el órgano gestor (artículo 29.5 de la Ley 9/1990,
de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid)
9.- Entidad bancaria:
IBAN
Entidad
(*) En esta cuenta se ingresarán todas las aportaciones de la Comunidad de Madrid a las actuaciones del Programa.
Oficina
D.C.
Número de Cuenta
El plazo de resolución del presente procedimiento es de seis meses a contar desde que la solicitud haya tenido entrada en cualquiera de los Registros
del Órgano competente para su resolución. Transcurrido dicho plazo sin haber recibido notificación con la resolución dictada en el procedimiento,
esta solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo, a los efectos legales que procedan. Todo ello sin perjuicio de la suspensión del
plazo de tramitación en los casos previstos por el artículo 22 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas o por causa imputable al interesado
En ……………………………………., a…..…..... de……..…………..… de…………
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