B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211201-1)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 461/2021, de 15 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Administración Especial, Especialidad de Agentes de Inspección del Transporte, Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de Madrid
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BOCM
Pág. 10
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 1 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 286
Madrid para el año 2017, aprobada por Decreto 144/2017, de 12 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 297, de 14 de diciembre).
2. Del total de plazas incluidas en el presente proceso selectivo, 8 de ellas se convocan al amparo de lo recogido en el artículo 9 e) del Decreto 149/2002, de 29 de agosto, por
el que se regula el procedimiento para la adquisición de la condición de funcionario por el
personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, una vez aprobados los correspondientes catálogos definitivos de puestos susceptibles de funcionarización, mediante Orden 196/2021, de 26 de julio, de la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 179, de 29 de julio).
Segunda
Personas aspirantes
1. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas, bastará con
que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de todos los requisitos que se recogen en el apartado quinto.1 de la Orden 1021/2021,
de 27 de abril, los siguientes:
a) Tener la nacionalidad española, en aplicación de lo dispuesto en el Decreto 230/2001,
de 11 de octubre, por el que se regula el acceso a la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Madrid de los Nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22
de octubre).
b) Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes la titulación de Bachillerato, FP II o Formación Profesional de Grado Superior o de cualquier otra titulación o estudios equivalentes,
de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente en la materia.
En aquellas convocatorias para ingreso en cuerpos, escalas o especialidades en las
que se exija el título de Bachiller, en virtud de lo previsto en el artículo 4.3 de la
Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con
los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, según la redacción
dada a dicho precepto por la Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo, deberá tenerse en cuenta que la superación de la prueba de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años, será equivalente al título de Bachiller, siempre que se
acredite alguno de los siguientes requisitos:
— O bien estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria
Obligatoria o equivalente a efectos académicos o profesionales.
— O bien haber superado al menos 15 créditos ECTS de los estudios universitarios.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de
la correspondiente credencial de homologación conforme a la regulación que resulte de aplicación.
c) Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes del Carnet de Conducir B.
d) Poseer la capacidad funcional suficiente para el desempeño de las tareas y funciones habituales del Cuerpo y Especialidad a la que se pretende acceder.
A estos efectos, los aspirantes no podrán verse afectados por ninguna limitación
física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones propias del
Cuerpo y Especialidad.
Tercera
1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en
el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de
Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.
2. Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se deberán cumplimentar por medios electrónicos, a través de la página web de la Comunidad de Madrid, a la que
se puede acceder mediante el enlace: https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/estabilizacion-empleo-comunidad-madrid, seleccionando la Sección Personal Funcionario, el
BOCM-20211201-1
Solicitudes y plazo de presentación
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 1 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 286
Madrid para el año 2017, aprobada por Decreto 144/2017, de 12 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 297, de 14 de diciembre).
2. Del total de plazas incluidas en el presente proceso selectivo, 8 de ellas se convocan al amparo de lo recogido en el artículo 9 e) del Decreto 149/2002, de 29 de agosto, por
el que se regula el procedimiento para la adquisición de la condición de funcionario por el
personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, una vez aprobados los correspondientes catálogos definitivos de puestos susceptibles de funcionarización, mediante Orden 196/2021, de 26 de julio, de la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 179, de 29 de julio).
Segunda
Personas aspirantes
1. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas, bastará con
que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de todos los requisitos que se recogen en el apartado quinto.1 de la Orden 1021/2021,
de 27 de abril, los siguientes:
a) Tener la nacionalidad española, en aplicación de lo dispuesto en el Decreto 230/2001,
de 11 de octubre, por el que se regula el acceso a la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Madrid de los Nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22
de octubre).
b) Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes la titulación de Bachillerato, FP II o Formación Profesional de Grado Superior o de cualquier otra titulación o estudios equivalentes,
de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente en la materia.
En aquellas convocatorias para ingreso en cuerpos, escalas o especialidades en las
que se exija el título de Bachiller, en virtud de lo previsto en el artículo 4.3 de la
Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con
los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, según la redacción
dada a dicho precepto por la Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo, deberá tenerse en cuenta que la superación de la prueba de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años, será equivalente al título de Bachiller, siempre que se
acredite alguno de los siguientes requisitos:
— O bien estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria
Obligatoria o equivalente a efectos académicos o profesionales.
— O bien haber superado al menos 15 créditos ECTS de los estudios universitarios.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de
la correspondiente credencial de homologación conforme a la regulación que resulte de aplicación.
c) Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes del Carnet de Conducir B.
d) Poseer la capacidad funcional suficiente para el desempeño de las tareas y funciones habituales del Cuerpo y Especialidad a la que se pretende acceder.
A estos efectos, los aspirantes no podrán verse afectados por ninguna limitación
física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones propias del
Cuerpo y Especialidad.
Tercera
1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en
el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de
Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.
2. Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se deberán cumplimentar por medios electrónicos, a través de la página web de la Comunidad de Madrid, a la que
se puede acceder mediante el enlace: https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/estabilizacion-empleo-comunidad-madrid, seleccionando la Sección Personal Funcionario, el
BOCM-20211201-1
Solicitudes y plazo de presentación