B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211201-6)
Catálogo puestos funcionarización –  Orden de 8 de noviembre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se modifica la Orden 196/2021, de 26 de julio, por la que se aprueba el catálogo definitivo de puestos susceptibles de funcionarización
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 286

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 1 DE DICIEMBRE DE 2021

Pág. 93

— Incluir en el catálogo definitivo de funcionarización del Área de Actividad D,
Grupos Profesionales I y II, Categorías Profesionales de Titulado Superior Especialista, Titulado Superior, Titulado Medio y Diplomado en Enfermería, el puesto de trabajo número 33549, ocupado por doña Pilar Calleja Valero, Titulada Superior Especialista, Especialidad de Medicina del Trabajo, cuya funcionarización
se producirá en el Cuerpo de Técnicos Superiores de Salud Pública, Especialidad
de Medicina del Trabajo.
2. El catálogo definitivo de puestos susceptibles de funcionarización actualizado de
acuerdo con las modificaciones recogidas en esta orden, se expondrá en los tablones de
anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registro cuyas direcciones pueden consultarse en el enlace: http://www.comunidad.madrid/servicios/informacion-atencion-ciudadano/red-oficinas-comunidad-madrid, o a través del Portal del Ciudadano de la Comunidad de Madrid, así como en la página web de la Comunidad de Madrid, en el enlace:
https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/funcionarizacion.
Segundo
Recursos
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas
podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes,
ante la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de conformidad con lo dispuesto en
los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien, directamente, recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta del mismo.
Tercero
Efectos

BOCM-20211201-6

Esta orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a excepción de lo recogido en el apartado g) del
artículo 9 del Decreto 149/2002, de 29 de agosto, que no producirá efectos hasta que se resuelvan los procesos selectivos de cobertura correspondientes.
En Madrid, a 8 de noviembre de 2021.—El Viceconsejero de Hacienda, por delegación del Consejero de Hacienda y Función Pública, mediante (Orden de 6 de julio de 2020;
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de julio de 2020), José Ramón
Menéndez Aquino.
(03/32.502/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791