Madrid (BOCM-20211130-94)
Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección Segunda. Procedimiento 14/2018
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE NOVIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 285

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
94

MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
Sección Segunda
EDICTO

D./Dña. MARÍA DEL CARMEN PALOMA TUÑON LÁZARO, Letrado/a de la Administración de Justicia de la Sección 2 de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid
DOY FE: Que en el Procedimiento Ordinario 14/2018 por los Magistrados D. José Daniel Sanz Heredero, D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez, D. José Ramón Chulvi Montaner, D. Álvaro Domínguez Calvo y Dña María Solidad Gamo Serrano se ha dictado Sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
FALLAMOS
Que estimamos en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don José María Posada Fernández en nombre y representación de Ignacio Gabriel
Alonso Alonso y declaramos la nulidad del Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Aranjuez de 10 de noviembre de 2017, por el que se aprueba definitivamente el Presupuesto para
el ejercicio 2017, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 274,
de 17 de noviembre de 2017, en la medida que incluye documento consignado en folios 199
a 209 denominado “Relación de Puestos de Trabajo”, sin especial pronunciamiento en
cuanto a las costas causadas por lo que cada parte abonará las causadas a su instancia y las
comunes lo serán por mitad.
Procédase a la publicación del fallo de esta sentencia, en el Boletín oficial de la Comunidad de Madrid, en el plazo de los días siguientes a la firmeza de la presente Sentencia.
Notifíquese la presente resolución a las partes con la advertencia de que contra misma
cabe presentar recurso de casación, que deberá prepararse ante esta Sala en el plazo de treinta días, contados desde el siguiente al de su notificación, acreditándose en el escrito de preparación del recurso el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 89.2 de la
Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, con justificación del interés casacional
objetivo que presente.
Dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Sección, cuenta-expediente nº 2612-0000-93-0014-18 (Banco de Santander, Sucursal c/ Barquillo nº 49), especificando en el campo concepto del documento Resguardo de ingreso que se trata de un “Recurso” 24 Contencioso-Casación (50 euros).
Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, se realizará a la cuenta general nº 00493569-92-0005001274 (IBAN ES55-0049-3569 9200 0500 1274) y se consignará el número de
cuenta-expediente 2612-0000-93-0014-18 en el campo “Observaciones” o “Concepto de la
transferencia” y a continuación, separados por espacios, los demás datos de interés.
Así por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
Y para su publicación expido el presente edicto que firmo.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/31.861/21)

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ISSN 1989-4791

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En Madrid, a 27 de octubre de 2021.