Madrid (BOCM-20211130-62)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía. Directrices actuación administrativa automatizada
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 285

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE NOVIEMBRE DE 2021

18

Pág. 303

19

3.2. La titularidad del sello corresponderá a (…) , y la responsabilidad de su utilización
20
corresponderá a (…) . El sello electrónico cumplirá los requisitos previstos en los artículos 45 y 61
de la Ordenanza de Atención a la Ciudadanía y Administración Electrónica del Ayuntamiento de
Madrid, de 26 de febrero de 2019, y, en particular, los siguientes:
a) Estará basado en un certificado electrónico cualificado, conforme a lo dispuesto en la sección 5
del capítulo III del Reglamento (UE) número 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las
transacciones electrónicas en el mercado interior y por la que se deroga la Directiva 1999/93/CE,
expedido por un prestador que cumpla las obligaciones establecidas en la sección 3 del capítulo III
del Reglamento (UE) número 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio
de 2014, para los Servicios de Confianza Cualificados, y válido para la actividad administrativa
automatizada de acuerdo con lo establecido en los artículos 41 y 42 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y los artículos 13 y 20 del Real Decreto 203/2021,
de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector
público por medios electrónicos.
b) Deberá emitirse conforme a los criterios establecidos en la normativa técnica aplicable, tanto al
prestador de servicios de certificación, como a la generación de los datos de verificación de firma
(clave pública) y al contenido del propio certificado, definida en el Esquema Nacional de Seguridad.
c) Reunirá las características técnicas generales del sistema de firma y certificados aplicables al
sello electrónico derivadas del Esquema Nacional de Interoperabilidad, según lo indicado en el
Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de
Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica, y de la política de firma electrónica
y certificados de la Administración General del Estado.
Las características técnicas generales del certificado podrán ser objeto de consulta y verificación
en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es.
d) El servicio de validación para la verificación de los certificados de sello electrónico será VALIDe
(Aplicación de Validación de firma y certificados Online y Demostrador de servicios de @firma) que
será accesible desde la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid en el apartado relativo a la
“Verificación de los certificados de la Sede”.
3.3. La generación del código seguro de verificación (CSV) garantizará el cumplimiento de los
requisitos funcionales previstos en el artículo 45.7 de la Ordenanza de Atención a la Ciudadanía y
Administración Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, de 26 de febrero de 2019, y, en particular,
los siguientes:

18

Incorporar este apartado 3.2 solo en caso de que se opte por el sistema de firma con sello
electrónico previsto en la Política de la Política de Identificación y Firma Electrónica del
Ayuntamiento de Madrid. En caso contrario, prescindir del apartado 3.2 y renumerar los siguientes.

19

Indicar el órgano o entidad de Derecho público a la que corresponda el sello.

20

Indicar el órgano directivo al que corresponda la utilización del sello.

BOCM-20211130-62

a) Vincular de manera unívoca un documento, el firmante y las evidencias asociadas. Esta relación
unívoca es permanente.