B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211130-6)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 553/2021, de 8 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan dos procesos selectivos para el acceso, por el sistema general de acceso libre y de promoción interna, a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Técnico de Mantenimiento (Grupo III, Nivel 5, Área B), de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE NOVIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 285

(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 297, de 14 de diciembre), y las 10
plazas de promoción interna se encuentran vinculadas a la Oferta de Empleo Público de la
Comunidad de Madrid para el año 2018, aprobada por el Decreto 170/2018, de 18 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 303, de 20 de diciembre).
1.2. De conformidad con la normativa vigente relativa al acceso de las personas con
discapacidad a la Administración Pública, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, y siempre que se cumplan los requisitos que, a tal efecto, se establecen en dicha normativa, se reservan cinco plazas del total de las convocadas por el turno libre y una plaza del total de las
convocadas por el turno de promoción interna.
1.3. Las plazas convocadas en el proceso de promoción interna que quedaran vacantes, no podrán acumularse a las convocadas en el proceso de acceso libre, según lo establecido en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del
Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.
1.4. Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los turnos, libre o promoción interna.
Segunda
Personas aspirantes

— Para el turno libre: tres años de experiencia profesional en la categoría que se
ostenta o similar, o 2 años de experiencia en la misma categoría o similar más
la titulación de FP I o ciclo Formativo de grado medio.
— Para el turno de promoción interna: tres años de experiencia profesional en la
categoría que se ostenta en el mismo grupo o en el grupo inmediatamente inferior al que se pretenda acceder o un año de experiencia en la misma categoría.
En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal efecto.
b) Dado que las plazas adscritas a la categoría profesional objeto de la presente convocatoria implican contacto habitual con menores, las personas aspirantes no podrán haber sido condenados por sentencia firme por algún delito contra la libertad
e indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación
parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Las personas participantes cuya nacionalidad sea distinta de la española, además de
no haber sido condenadas por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual
en España, no podrán haberlo sido en su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de
Delincuentes Sexuales.
La acreditación de este requisito se efectuará mediante la aportación de certificación
negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, en los términos dispuestos en la
base octava apartado segundo de la presente convocatoria.
2.2. Las personas aspirantes que concurran a estas plazas por el turno de promoción
interna, deberán ser personal laboral fijo, haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años y, pertenecer a otra categoría profesional diferente a la que ostenta dentro de
su mismo grupo profesional, en el caso de la promoción interna horizontal, o a otra categoría profesional del grupo inmediatamente inferior al de procedencia, en el caso de la promoción interna vertical.

BOCM-20211130-6

2.1. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas bastará con
que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de los requisitos que se recogen en la base sexta apartado primero de la Orden 913/2019,
de 26 de marzo, el siguiente requisito:
a) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachillerato, Formación
Profesional de II Grado o Formación Profesional de Grado Superior, o en su caso,
poseer la siguiente experiencia profesional sustitutoria.