D) Anuncios - UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID (BOCM-20211130-59)
Concesión ayudas – Resolución de 25 de noviembre de 2021, del Rector de la Universidad Politécnica de Madrid, por la que se hace pública la relación definitiva de solicitudes beneficiarias de la convocatoria de ayudas para la recualificación del sistema universitario español para 2021-2023 de la Universidad Politécnica de Madrid, de fecha 23 de junio de 2021
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BOCM
Pág. 282
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE NOVIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 285
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Universidad Politécnica de Madrid
59
RESOLUCIÓN de 25 de noviembre de 2021, del Rector de la Universidad
Politécnica de Madrid, por la que se hace pública la relación definitiva de
solicitudes beneficiarias de la convocatoria de ayudas para la recualificación
del sistema universitario español para 2021-2023 de la Universidad Politécnica
de Madrid, de fecha 23 de junio de 2021.
BOCM-20211130-59
La presente resolución se enmarca dentro de la Orden UNI/551/2021 de 26 de mayo,
por la que se conceden las subvenciones previstas en el Real Decreto 289/2021, de 20 de
abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a Universidades públicas
para la recualificación del sistema universitario español, que resuelve conceder la subvención con referencia UP2021-035 a la Universidad Politécnica de Madrid, por un total
de 10.600.896 euros.
Una vez finalizado el proceso de evaluación y reunida la Comisión de Evaluación
(constituida formalmente el 5 de octubre 2021) con fecha 24 de noviembre de 2021, se resuelve publicar la resolución definitiva con la relación de ayudas propuestas para financiación, así como la relación de solicitudes que han resultado excluidas con carácter definitivo. De conformidad con el artículo 7 de la convocatoria, la puntuación mínima necesaria
para superar la evaluación es de 80 puntos; dado que existe crédito disponible suficiente
para financiar todas las solicitudes que superan dicho umbral, no se hace necesario generar
una lista de reserva. Aquellas solicitudes que no superan los 80 puntos quedan excluidas.
En base al artículo 9 de la citada convocatoria, los solicitantes que resulten beneficiarios deberán presentar en el Vicerrectorado de Investigación, Innovación y Doctorado de la
UPM (mediante envío por correo electrónico a la dirección “recualificacion@upm.es”), en
el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente
Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la BDNS, la aceptación de la ayuda otorgada en la presente convocatoria. La conformidad de la ayuda supone que el beneficiario se compromete al cumplimiento de las condiciones de la misma tal
como se establecen en el RD 289/2021, en la Orden UNI/551/2021 y en esta convocatoria.
Transcurrido este plazo sin que el solicitante haya presentado la documentación, se entenderá que renuncia a esta ayuda.
La aceptación de la ayuda conlleva el compromiso de respetar las condiciones marcadas en la convocatoria, especialmente en lo relativo a los plazos, requisitos, condiciones de
participación, y justificación de la ayuda.
Contra el acuerdo de resolución, que agota la vía administrativa, podrán los interesados, según lo establecido en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, interponer recurso potestativo de reposición ante el Rector,
en el plazo de un mes, o bien, directamente, en el plazo de dos meses, recurso contenciosoadministrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid; todo ello, sin perjuicio de
cuantos otros recursos se estimen oportuno deducir.
Madrid, a 25 de noviembre de 2021.—El Rector, Guillermo Cisneros Pérez.
Pág. 282
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE NOVIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 285
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Universidad Politécnica de Madrid
59
RESOLUCIÓN de 25 de noviembre de 2021, del Rector de la Universidad
Politécnica de Madrid, por la que se hace pública la relación definitiva de
solicitudes beneficiarias de la convocatoria de ayudas para la recualificación
del sistema universitario español para 2021-2023 de la Universidad Politécnica
de Madrid, de fecha 23 de junio de 2021.
BOCM-20211130-59
La presente resolución se enmarca dentro de la Orden UNI/551/2021 de 26 de mayo,
por la que se conceden las subvenciones previstas en el Real Decreto 289/2021, de 20 de
abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a Universidades públicas
para la recualificación del sistema universitario español, que resuelve conceder la subvención con referencia UP2021-035 a la Universidad Politécnica de Madrid, por un total
de 10.600.896 euros.
Una vez finalizado el proceso de evaluación y reunida la Comisión de Evaluación
(constituida formalmente el 5 de octubre 2021) con fecha 24 de noviembre de 2021, se resuelve publicar la resolución definitiva con la relación de ayudas propuestas para financiación, así como la relación de solicitudes que han resultado excluidas con carácter definitivo. De conformidad con el artículo 7 de la convocatoria, la puntuación mínima necesaria
para superar la evaluación es de 80 puntos; dado que existe crédito disponible suficiente
para financiar todas las solicitudes que superan dicho umbral, no se hace necesario generar
una lista de reserva. Aquellas solicitudes que no superan los 80 puntos quedan excluidas.
En base al artículo 9 de la citada convocatoria, los solicitantes que resulten beneficiarios deberán presentar en el Vicerrectorado de Investigación, Innovación y Doctorado de la
UPM (mediante envío por correo electrónico a la dirección “recualificacion@upm.es”), en
el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente
Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la BDNS, la aceptación de la ayuda otorgada en la presente convocatoria. La conformidad de la ayuda supone que el beneficiario se compromete al cumplimiento de las condiciones de la misma tal
como se establecen en el RD 289/2021, en la Orden UNI/551/2021 y en esta convocatoria.
Transcurrido este plazo sin que el solicitante haya presentado la documentación, se entenderá que renuncia a esta ayuda.
La aceptación de la ayuda conlleva el compromiso de respetar las condiciones marcadas en la convocatoria, especialmente en lo relativo a los plazos, requisitos, condiciones de
participación, y justificación de la ayuda.
Contra el acuerdo de resolución, que agota la vía administrativa, podrán los interesados, según lo establecido en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, interponer recurso potestativo de reposición ante el Rector,
en el plazo de un mes, o bien, directamente, en el plazo de dos meses, recurso contenciosoadministrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid; todo ello, sin perjuicio de
cuantos otros recursos se estimen oportuno deducir.
Madrid, a 25 de noviembre de 2021.—El Rector, Guillermo Cisneros Pérez.