Villaviciosa de Odón (BOCM-20211129-81)
Urbanismo. Estudio detalle manzana 26 Monte de la Villa
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 284
LUNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2021
Pág. 265
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
81
VILLAVICIOSA DE ODÓN
URBANISMO
PARÁMETROS URBANÍSTICOS
NORMATIVA
PROPUESTA
250 m2
293,35 m2
Frente mínimo de parcela privativa
10 m
10,92 m
Anchura mínima de espacio al que da frente la parcela
10 m
10 m
Diámetro inscrito mínimo
10 m
10,92 m
Retranqueo a calle pública
5m
5m
Retranqueo a calle privada
3m
3m
Distancia mínima de fachada principal a eje de espacio de zona común al que da frente
9m
9m
Parcela privativa mínima
Retranqueo a lindero lateral y testero con otras parcelas privativas o espacio común
3m
3m
Distancia mínima de fachada lateral y testero a eje de espacio al que da frente
8m
>>8 m
No necesaria
No necesaria
Distancia mínima de fachada lateral a eje de camino de servicio <8m al que da frente
Retranqueo en lindero común
Nulo
Nulo
Retranqueo al otro lindero en planta baja
Nulo
Nulo
Retranqueo al otro lindero en planta primera
3m
3m
Distancia mínima de edificaciones en planta primera
6m
6m
Máxima longitud de fachada sin retranqueos
40 m
40 m
Ocupación sobre y bajo rasante
40%
40%
Altura máxima a cornisa
7m
7m
11,50 m
11,50 m
2,75
2,75
Altura máxima a cumbrera
Altura libre máxima de plantas bajo rasante
Plazas de aparcamiento por vivienda
Espacio dedicado a zonas deportiva en zonas comunes
3
3
1.000 m2
1.000 m2
Diámetro inscrito mínimo de zonas deportivas
20 m
20 m
Superficie mínima de zonas comunes por vivienda
50 m2
94 m2
1.200 m2
1.727,73 m2
Superficie mínima de zonas comunes
En Villaviciosa de Odón, a 23 de abril de 2021.—El secretario general, Manuel Paz
Taboada.
(02/16.743/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20211129-81
El Pleno del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón, en sesión ordinaria celebrada el
día 29 de marzo de 2021, ha adoptado, entre otros, el siguiente acuerdo:
Primero.—En ejercicio de las competencias urbanísticas municipales, aprobar definitivamente el Estudio de Detalle de la manzana 26 del Sector UZ1, 2, 3, “Monte de la Villa”, promovido por la mercantil Audiovisuales Yagüe, S. A., a la vista de los informes jurídicos y técnicos en materia de impacto de género, infancia, adolescencia y familia y por
razón de orientación sexual e identidad y expresión de género y de protección integral contra la LGTBIfobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual que obran
en el expediente, así como a la vista del informe de la directora general de Sostenibilidad y
Cambio Climático de 29 de enero de 2021.
Segundo.—Publicar este acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, incluyendo el contenido íntegro de la parte del Estudio de Detalle cuya publicación exija la legislación de régimen local, en conformidad con el artículo 66 de la LSM,
para su entrada en vigor, de acuerdo con el artículo 70.2 de la LBRL.
Tercero.—Remitir un ejemplar del Estudio de Detalle definitivamente aprobado al registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística, en
cumplimiento del artículo 66 de la LSM.
Cuarto.—Contra este acuerdo de aprobación definitiva del Estudio de Detalle podrá
interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses
a contar desde la fecha de su publicación o notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Las determinaciones urbanísticas del Estudio de Detalle aprobado son las siguientes:
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 284
LUNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2021
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81
VILLAVICIOSA DE ODÓN
URBANISMO
PARÁMETROS URBANÍSTICOS
NORMATIVA
PROPUESTA
250 m2
293,35 m2
Frente mínimo de parcela privativa
10 m
10,92 m
Anchura mínima de espacio al que da frente la parcela
10 m
10 m
Diámetro inscrito mínimo
10 m
10,92 m
Retranqueo a calle pública
5m
5m
Retranqueo a calle privada
3m
3m
Distancia mínima de fachada principal a eje de espacio de zona común al que da frente
9m
9m
Parcela privativa mínima
Retranqueo a lindero lateral y testero con otras parcelas privativas o espacio común
3m
3m
Distancia mínima de fachada lateral y testero a eje de espacio al que da frente
8m
>>8 m
No necesaria
No necesaria
Distancia mínima de fachada lateral a eje de camino de servicio <8m al que da frente
Retranqueo en lindero común
Nulo
Nulo
Retranqueo al otro lindero en planta baja
Nulo
Nulo
Retranqueo al otro lindero en planta primera
3m
3m
Distancia mínima de edificaciones en planta primera
6m
6m
Máxima longitud de fachada sin retranqueos
40 m
40 m
Ocupación sobre y bajo rasante
40%
40%
Altura máxima a cornisa
7m
7m
11,50 m
11,50 m
2,75
2,75
Altura máxima a cumbrera
Altura libre máxima de plantas bajo rasante
Plazas de aparcamiento por vivienda
Espacio dedicado a zonas deportiva en zonas comunes
3
3
1.000 m2
1.000 m2
Diámetro inscrito mínimo de zonas deportivas
20 m
20 m
Superficie mínima de zonas comunes por vivienda
50 m2
94 m2
1.200 m2
1.727,73 m2
Superficie mínima de zonas comunes
En Villaviciosa de Odón, a 23 de abril de 2021.—El secretario general, Manuel Paz
Taboada.
(02/16.743/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20211129-81
El Pleno del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón, en sesión ordinaria celebrada el
día 29 de marzo de 2021, ha adoptado, entre otros, el siguiente acuerdo:
Primero.—En ejercicio de las competencias urbanísticas municipales, aprobar definitivamente el Estudio de Detalle de la manzana 26 del Sector UZ1, 2, 3, “Monte de la Villa”, promovido por la mercantil Audiovisuales Yagüe, S. A., a la vista de los informes jurídicos y técnicos en materia de impacto de género, infancia, adolescencia y familia y por
razón de orientación sexual e identidad y expresión de género y de protección integral contra la LGTBIfobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual que obran
en el expediente, así como a la vista del informe de la directora general de Sostenibilidad y
Cambio Climático de 29 de enero de 2021.
Segundo.—Publicar este acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, incluyendo el contenido íntegro de la parte del Estudio de Detalle cuya publicación exija la legislación de régimen local, en conformidad con el artículo 66 de la LSM,
para su entrada en vigor, de acuerdo con el artículo 70.2 de la LBRL.
Tercero.—Remitir un ejemplar del Estudio de Detalle definitivamente aprobado al registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística, en
cumplimiento del artículo 66 de la LSM.
Cuarto.—Contra este acuerdo de aprobación definitiva del Estudio de Detalle podrá
interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses
a contar desde la fecha de su publicación o notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Las determinaciones urbanísticas del Estudio de Detalle aprobado son las siguientes: