Madrid número 8 (BOCM-20211129-89)
Procedimiento 454/2021
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BOCM
Pág. 284

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 284

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
89

MADRID NÚMERO 8
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARGARITA MARTÍNEZ GONZÁLEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 8 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 454/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. EDUARDO DUTREY LOPEZ frente a CASGUT INVERSIONES SL, EDIPACK GRAFICO SL, ZRIDI DISEÑO DIGITAL S.L. y LUFERCOMP
SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
NÚMERO RESOLUCIÓN: 616/2021
DECRETO
En Madrid, a siete de septiembre de dos mil veintiuno.
PARTE DISPOSITIVA
Se aprueba la conciliación obtenida por las partes, en fecha 07/09/2021, en los términos siguientes:
Con carácter previo la parte actora desiste de CASGUT INVERSIONES SL, LUFERCOMP SL y EDIPACK GRAFICO SL. Asimismo el demandante desiste de la acción de
nulidad.
La empresa reconoce la improcedencia del despido con fecha de efectos 26/02/2021 y
ofrece en concepto de indemnización la cantidad de 90.939,02 d netos y la cantidad de
8.388,90 d brutos en concepto de salarios adeudados, que se abonará antes del 13/09/2021,
mediante transferencia bancaria a la cuenta donde el trabajador venia percibiendo su nómina.
El trabajador acepta y ambas partes manifiestan que con el percibo de dicha cantidad
quedan saldadas y finiquitadas de la relación laboral sin nada más que reclamar.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MARGARITA MARTÍNEZ GONZÁLEZ

Y para que sirva de notificación en legal forma a LUFERCOMP SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo

BOCM-20211129-89

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación
a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60
L.R.J.S..Doy fe.