Alcalá de Henares número 2 (BOCM-20211129-85)
Procedimiento 1030/2018
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BOCM
Pág. 278
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 284
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
85
ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 2
EDICTO
Don Rafael Villalba Bru, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera
instancia número 2 de Alcalá de Henares.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1030/2018,
instados por el procurador don Javier García Guillén, en nombre y representación de Banco Santander, S. A., contra doña Carmen Martín Fernández y don Francisco Javier de las
Heras Martín, en los que se ha dictado en fecha 22 de noviembre de 2019 sentencia número 226/2019, cuyo fallo es la siguiente:
Que estimando parcialmente la demanda formulada por el procurador don Javier García Guillén, en nombre y representación de Banco Santander, S. A., frente a don Francisco
Javier de las Heras Martín y doña Carmen Martín Fernández, debo declarar y declaro resuelto el contrato de préstamo hipotecario formalizado en escritura pública, otorgada en Alcalá
de Henares el 19 de septiembre de 2002 ante el notario don José María Moreno González
(con número de protocolo 3.345), después novada por la otorgada el 9 de noviembre de 2016
ante el notario don Rafael Salazar Benítez (con número 2.889) y por la otorgada el 22 de marzo de 2013 ante el notario don Carlos Monedero San Martín (con número de protocolo 557).
Que debo condenar y condeno a los demandados a que solidariamente abonen a la actora la cantidad de 158.603,74 euros, más el interés remuneratorio fijado en el contrato desde la
fecha de liquidación y hasta el completo pago.
Que debo declarar y declaro que dichas cantidades pueden realizarse, en ejecución de
sentencia, con cargo a la garantía hipotecaria otorgada a favor de la parte actora sobre la
F.R. 2.116 del Registro de la Propiedad número 4 de Alcalá de Henares.
No ha lugar a efectuar pronunciamiento en materia de costas.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de
Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución
de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2333-0000-04-1030-18 de este órgano.
Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria deberá ingresarlas en
la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 2 de Alcalá de Henares, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos: 2333-0000-04-1030-18.
Asimismo, deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012,
de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—El/la juez/magistrado/a juez.
Firmada la anterior resolución es entregada en esta Secretaría para su notificación,
dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su
unión a autos.—Doy fe.
En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados, doña Carmen
Martín Fernández y don Francisco Javier de las Heras Martín, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en
la Secretaría de este Tribunal.
En Alcalá de Henares, a 20 de noviembre de 2020.—El letrado de la Administración
de Justicia (firmado).
(02/32.176/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20211129-85
Publicación
Pág. 278
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 284
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
85
ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 2
EDICTO
Don Rafael Villalba Bru, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera
instancia número 2 de Alcalá de Henares.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1030/2018,
instados por el procurador don Javier García Guillén, en nombre y representación de Banco Santander, S. A., contra doña Carmen Martín Fernández y don Francisco Javier de las
Heras Martín, en los que se ha dictado en fecha 22 de noviembre de 2019 sentencia número 226/2019, cuyo fallo es la siguiente:
Que estimando parcialmente la demanda formulada por el procurador don Javier García Guillén, en nombre y representación de Banco Santander, S. A., frente a don Francisco
Javier de las Heras Martín y doña Carmen Martín Fernández, debo declarar y declaro resuelto el contrato de préstamo hipotecario formalizado en escritura pública, otorgada en Alcalá
de Henares el 19 de septiembre de 2002 ante el notario don José María Moreno González
(con número de protocolo 3.345), después novada por la otorgada el 9 de noviembre de 2016
ante el notario don Rafael Salazar Benítez (con número 2.889) y por la otorgada el 22 de marzo de 2013 ante el notario don Carlos Monedero San Martín (con número de protocolo 557).
Que debo condenar y condeno a los demandados a que solidariamente abonen a la actora la cantidad de 158.603,74 euros, más el interés remuneratorio fijado en el contrato desde la
fecha de liquidación y hasta el completo pago.
Que debo declarar y declaro que dichas cantidades pueden realizarse, en ejecución de
sentencia, con cargo a la garantía hipotecaria otorgada a favor de la parte actora sobre la
F.R. 2.116 del Registro de la Propiedad número 4 de Alcalá de Henares.
No ha lugar a efectuar pronunciamiento en materia de costas.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de
Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución
de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2333-0000-04-1030-18 de este órgano.
Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria deberá ingresarlas en
la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 2 de Alcalá de Henares, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos: 2333-0000-04-1030-18.
Asimismo, deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012,
de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—El/la juez/magistrado/a juez.
Firmada la anterior resolución es entregada en esta Secretaría para su notificación,
dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su
unión a autos.—Doy fe.
En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados, doña Carmen
Martín Fernández y don Francisco Javier de las Heras Martín, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en
la Secretaría de este Tribunal.
En Alcalá de Henares, a 20 de noviembre de 2020.—El letrado de la Administración
de Justicia (firmado).
(02/32.176/21)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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