Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid (BOCM-20211129-83)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2021


















B.O.C.M. Núm. 284

electrónico a la dirección señalada por el interesado/a en la solicitud y que deberá actualizar él/ella mismo/a cuando proceda, del llamamiento quedará constancia
en el expediente, entendido su rechazo transcurrido el plazo de 5 días naturales sin
su aceptación expresa. En casos excepcionales debidamente acreditados, la Mancomunidad podrá habilitar otros procedimientos.
En estos casos, en el supuesto de que un/a aspirante seleccionado/a sea llamado
para trabajar como Trabajador/a Social, objeto de la presente bolsa, y simultáneamente sea requerido/a en alguno de los programas específicos descritos en el párrafo anterior, el/la aspirante deberá contratar obligatoriamente con estos programas, pasando a ocupar el último lugar en la bolsa.
El/la aspirante deberá confirmar su disponibilidad a la propuesta de contratación o
nombramiento en el momento de la llamada o en el plazo máximo de 5 días naturales. En caso de no ser localizado/a, se dará aviso inmediato al/a la siguiente de
la lista. Si la no localización es justificada documentalmente, el aspirante pasará a
la situación de reserva, para ser llamado/a en la próxima contratación. Si dicha no
localización no es justificada documentalmente, pasará a ocupar el último lugar de
la lista.
Cuando la imposibilidad de localización se repita de nuevo en la misma persona,
con ocasión de dos ofrecimientos de contratación, pasará a estar excluido/a de la
bolsa.
Igualmente, si en el momento del llamamiento el/la aspirante estuviera trabajando,
acreditándolo documentalmente, y no formalizara contrato con la Mancomunidad
o no fuera posible su localización, pasará al último lugar de la lista, de igual forma si en el momento del llamamiento el/la aspirante tuviera contrato en vigor con
la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid.
Si en el momento de ser requerido/a para una contratación no pudiera incorporarse
por concurrir causa de fuerza mayor, justificándose documentalmente dicha situación, se pasará a situación de reserva en la bolsa (permanecerá en el mismo lugar
de la lista sin ser llamado/a para ningún puesto de trabajo). Una vez finalizada la
situación por la que se produjo la reserva, el interesado/a deberá comunicar a la
Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid en el plazo de diez días que
ya se encuentra disponible. Si no se hiciera así pasará a ocupar el último lugar de
la lista.
Se entiende por fuerza mayor:
d Parto, baja por maternidad o situaciones asimiladas.
d Enfermedad grave que impida la asistencia al trabajo, siempre que se acredite
debidamente.
d Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
En cualquier caso, será obligación de los/las aspirantes comunicar a la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid cualquier cambio de su situación para
activar de nuevo el llamamiento.
El/la aspirante que rechace la contratación sin ninguna justificación, será eliminado/a de la bolsa. Asimismo, la baja voluntaria del trabajador/a ya contratado/a por
a la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid a través de la bolsa de
empleo, conllevará la exclusión total de la bolsa.
La renuncia sin justificar al puesto que se ofrezca, o no aceptación expresa o tácita,
significará la exclusión de la lista de espera correspondiente, en cualquiera de las
bolsas en las que estuviera inscrito.
Los aspirantes solo podrán optar al contrato para aquel puesto en que fuesen llamados en primer lugar, quedando, al contratar, excluido de cualquier otra bolsa.

Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Asimismo, la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con
los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Presidencia, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Conten-

BOCM-20211129-83

Décima segunda. Incidencias