D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20211127-5)
Convenio – Convenio de colaboración de 10 de noviembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura, Turismo y Deporte) y el Ayuntamiento de Leganés para la migración de datos e integración de los servicios bibliotecarios de lectura pública del municipio en el Catálogo Regional de la Comunidad de Madrid y para la implantación de un carné único en los servicios bibliotecarios
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 283
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 27 DE NOVIEMBRE DE 2021
Pág. 41
BOCM-20211127-5
tes se comunicarán mutuamente la identidad de sus Delegados de Protección de Datos, en
caso de que dicho nombramiento les sea de aplicación.
— Por lo que respecta a los datos personales tratados por la Comunidad de Madrid serán tratados e incorporados a la actividad de tratamiento “Usuarios Red de Bibliotecas y servicios bibliotecarios”, cuya finalidad es la identificación de usuarios;
control y registro de préstamos y obtención de datos estadísticos y cuya base legal es la Ley 10/1989, de 5 de octubre, de Bibliotecas de la Comunidad de Madrid.
Los datos de carácter personal no serán comunicados a terceros, salvo cuando se
cedan a encargados de tratamiento autorizados o a otros organismos o Administraciones Públicas conforme a lo previsto legalmente.
— Por lo que respecta a los datos personales tratados por la Concejalía de Deportes y
Cultura del Ayuntamiento de Leganés procedentes de la actividad de tratamiento
“Usuarios de bibliotecas”, cuya finalidad es la gestión de usuarios, accesos y préstamos y cuya base legal es ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, artículo 26.1.b), serán tratados, conservados, estructurados y modificados, en su caso, así como suprimidos los que fueran coincidentes, por la Dirección General de Patrimonio Cultural, para su uso, en adelante, con la finalidad
reseñada de la identificación de usuarios; control y registro de préstamos y obtención de datos estadísticos, en la citada actividad de tratamiento “Usuarios Red de
Bibliotecas y servicios bibliotecarios”.
Los datos de carácter personal no serán comunicados a terceros, salvo cuando se
cedan a encargados de tratamiento autorizados o a otros organismos o Administraciones Públicas conforme a lo previsto legalmente.
En ambos casos, la intervención de encargados de tratamiento requerirá el consentimiento de ambas partes y la suscripción del correspondiente acuerdo de encargo conforme
a lo previsto en el artículo 28 del RGPD.
Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para la
que han sido recabados y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran
derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
Cada parte será responsable de atender las solicitudes de ejercicio de derechos establecidos en los artículos 15 a 22, ambos inclusive, del RGPD, y las reclamaciones, en su caso,
a las mismas, que correspondan a tratamientos en los que ostenten la consideración de responsable del tratamiento, debiendo colaborar entre sí para la adecuada atención y satisfacción de los derechos de los interesados.
Las partes mantendrán la confidencialidad en el tratamiento de todos los datos personales facilitados por cada una de ellas y de la información, de cualquier clase o naturaleza,
resultante de la ejecución del presente convenio.
Las partes firmantes están obligadas a implantar medidas técnicas y organizativas necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos de carácter personal y eviten
su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Y en prueba de conformidad, las dos partes firman el presente Convenio por duplicado y con un solo efecto en el lugar y la fecha antes indicados.
Madrid, a 10 de noviembre de 2021.—La Directora General de Patrimonio Cultural,
P. D. (Orden 102/2020, de 12 de febrero), Elena Hernando Gonzalo.—El Concejal-Delegado de Deportes y Cultura del Ayuntamiento de Leganés, P. D. (Decreto del Alcalde-Presidente, número 5.892/2021, de 25 de junio), Miguel Ángel Gutiérrez Merino.
(03/32.053/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 283
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 27 DE NOVIEMBRE DE 2021
Pág. 41
BOCM-20211127-5
tes se comunicarán mutuamente la identidad de sus Delegados de Protección de Datos, en
caso de que dicho nombramiento les sea de aplicación.
— Por lo que respecta a los datos personales tratados por la Comunidad de Madrid serán tratados e incorporados a la actividad de tratamiento “Usuarios Red de Bibliotecas y servicios bibliotecarios”, cuya finalidad es la identificación de usuarios;
control y registro de préstamos y obtención de datos estadísticos y cuya base legal es la Ley 10/1989, de 5 de octubre, de Bibliotecas de la Comunidad de Madrid.
Los datos de carácter personal no serán comunicados a terceros, salvo cuando se
cedan a encargados de tratamiento autorizados o a otros organismos o Administraciones Públicas conforme a lo previsto legalmente.
— Por lo que respecta a los datos personales tratados por la Concejalía de Deportes y
Cultura del Ayuntamiento de Leganés procedentes de la actividad de tratamiento
“Usuarios de bibliotecas”, cuya finalidad es la gestión de usuarios, accesos y préstamos y cuya base legal es ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, artículo 26.1.b), serán tratados, conservados, estructurados y modificados, en su caso, así como suprimidos los que fueran coincidentes, por la Dirección General de Patrimonio Cultural, para su uso, en adelante, con la finalidad
reseñada de la identificación de usuarios; control y registro de préstamos y obtención de datos estadísticos, en la citada actividad de tratamiento “Usuarios Red de
Bibliotecas y servicios bibliotecarios”.
Los datos de carácter personal no serán comunicados a terceros, salvo cuando se
cedan a encargados de tratamiento autorizados o a otros organismos o Administraciones Públicas conforme a lo previsto legalmente.
En ambos casos, la intervención de encargados de tratamiento requerirá el consentimiento de ambas partes y la suscripción del correspondiente acuerdo de encargo conforme
a lo previsto en el artículo 28 del RGPD.
Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para la
que han sido recabados y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran
derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
Cada parte será responsable de atender las solicitudes de ejercicio de derechos establecidos en los artículos 15 a 22, ambos inclusive, del RGPD, y las reclamaciones, en su caso,
a las mismas, que correspondan a tratamientos en los que ostenten la consideración de responsable del tratamiento, debiendo colaborar entre sí para la adecuada atención y satisfacción de los derechos de los interesados.
Las partes mantendrán la confidencialidad en el tratamiento de todos los datos personales facilitados por cada una de ellas y de la información, de cualquier clase o naturaleza,
resultante de la ejecución del presente convenio.
Las partes firmantes están obligadas a implantar medidas técnicas y organizativas necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos de carácter personal y eviten
su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Y en prueba de conformidad, las dos partes firman el presente Convenio por duplicado y con un solo efecto en el lugar y la fecha antes indicados.
Madrid, a 10 de noviembre de 2021.—La Directora General de Patrimonio Cultural,
P. D. (Orden 102/2020, de 12 de febrero), Elena Hernando Gonzalo.—El Concejal-Delegado de Deportes y Cultura del Ayuntamiento de Leganés, P. D. (Decreto del Alcalde-Presidente, número 5.892/2021, de 25 de junio), Miguel Ángel Gutiérrez Merino.
(03/32.053/21)
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ISSN 1989-4791