Madrid número 18 (BOCM-20211126-75)
Procedimiento 1297/2020
3 páginas totales
Página
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 282
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE NOVIEMBRE DE 2021
DEMANDANTES
CANTIDAD
Dña. Paloma Arroyo García
2.238,13 €
Dña. Concepción Bermejo García
1.340,53 €
Dña. Sara Bersabé García
79,85 €
Dña. Marina Camblor Vidal
215,37 €
D. Carlos Castellanos Vela
232,21 €
D. Manuel Collantes Zamora
264,78 €
D. Roberto de Gregorio Victorio,
584,58 €
Dña. María Díaz Fernández,
2.745,33 €
Dña Olga Díaz Scharff,
5.188,90 €
Dña. Beatriz Diez Sánchez,
214,05 €
Dña. Elena Fernández Gómez,
195,65 €
D. José Manuel Fernández García,
251,22 €
D. Iván García Sierra,
Dña. Dolores Gª de Marina Gª de Marina,
Dña. Asunción García Muñoz,
279,95 €
2.100,00 €
505,20 €
Dña. Paula Gómez Sevilla
222,89 €
Dña. Ana Gómez Sirgado,
1.806,93 €
Dña. Nieves González Gil,
316,48 €
Dña. Encarnación Hernán Leal,
459,57 €
D. Fernando López Gómez,
371,07 €
D. Luis Luque García,
218,54 €
Dña. M.ª José Medina Gamarro,
1.318,40 €
Dña. Nadia Muga de Inés,
3.040,47 €
Dña. Leonora Monroy Lax,
220,38 €
Dña. Silvia Nogales Velasco,
1.363,88 €
D. Sergio Ortega Herranz
2.208,62 €
Dña. Pilar Panizo Calvo,
2.244,00 €
Dña. Mª Jesús Pavón López,
2.384,73 €
Dña. Ana Pazos López,
2.359,93 €
Dña. Avelina Plana Calzazo,
576,02 €
D. Alfonso Valenzuela Diego,
215,60 €
Dña. Carla Colunche Cotrina,
Dña. Rocío Díaz Pascual,
501,06 €
1.614,45 €
Dña. María Ibáñez Urzaiz,
1.857,83 €
Dña. Cándida Martin Miguel,
3.792,70 €
Dña. Eva Miranda Scarpa,
2.449,43 €
Dña. Teresa García Fernández,
Dña. Virginia García Villanueva,
Dña. Alba Gil García,
168,75 €
78,66 €
1.710,58 €
Dña. Cristina Hidalgo Mayo,
308,30 €
Dña. Almudena Peláez Murciego,
130,95 €
Dña. Adela García Piñero,
196,77 €
Dña. Laura González Adsuara,
Dña. Silvia Herranz Herranz,
Dña. Mercedes De la Fuente Quiñones
Pág. 353
193,69 €
1.594,45 €
31.476,73 €
A todas las cantidades indicadas anteriormente, deberá añadirse el 10% en concepto
de interés por mora.
Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo
por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a
su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se
advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al
tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN
ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2516-0000-00-1297-20 del BANCO DE SANTANDER aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo
haber consignado el importe íntegro de la condena en el BANCO DE SANTANDER o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
BOCM-20211126-75
En cuanto al FOGASA, deberá estar y pasar por la presente resolución.
B.O.C.M. Núm. 282
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE NOVIEMBRE DE 2021
DEMANDANTES
CANTIDAD
Dña. Paloma Arroyo García
2.238,13 €
Dña. Concepción Bermejo García
1.340,53 €
Dña. Sara Bersabé García
79,85 €
Dña. Marina Camblor Vidal
215,37 €
D. Carlos Castellanos Vela
232,21 €
D. Manuel Collantes Zamora
264,78 €
D. Roberto de Gregorio Victorio,
584,58 €
Dña. María Díaz Fernández,
2.745,33 €
Dña Olga Díaz Scharff,
5.188,90 €
Dña. Beatriz Diez Sánchez,
214,05 €
Dña. Elena Fernández Gómez,
195,65 €
D. José Manuel Fernández García,
251,22 €
D. Iván García Sierra,
Dña. Dolores Gª de Marina Gª de Marina,
Dña. Asunción García Muñoz,
279,95 €
2.100,00 €
505,20 €
Dña. Paula Gómez Sevilla
222,89 €
Dña. Ana Gómez Sirgado,
1.806,93 €
Dña. Nieves González Gil,
316,48 €
Dña. Encarnación Hernán Leal,
459,57 €
D. Fernando López Gómez,
371,07 €
D. Luis Luque García,
218,54 €
Dña. M.ª José Medina Gamarro,
1.318,40 €
Dña. Nadia Muga de Inés,
3.040,47 €
Dña. Leonora Monroy Lax,
220,38 €
Dña. Silvia Nogales Velasco,
1.363,88 €
D. Sergio Ortega Herranz
2.208,62 €
Dña. Pilar Panizo Calvo,
2.244,00 €
Dña. Mª Jesús Pavón López,
2.384,73 €
Dña. Ana Pazos López,
2.359,93 €
Dña. Avelina Plana Calzazo,
576,02 €
D. Alfonso Valenzuela Diego,
215,60 €
Dña. Carla Colunche Cotrina,
Dña. Rocío Díaz Pascual,
501,06 €
1.614,45 €
Dña. María Ibáñez Urzaiz,
1.857,83 €
Dña. Cándida Martin Miguel,
3.792,70 €
Dña. Eva Miranda Scarpa,
2.449,43 €
Dña. Teresa García Fernández,
Dña. Virginia García Villanueva,
Dña. Alba Gil García,
168,75 €
78,66 €
1.710,58 €
Dña. Cristina Hidalgo Mayo,
308,30 €
Dña. Almudena Peláez Murciego,
130,95 €
Dña. Adela García Piñero,
196,77 €
Dña. Laura González Adsuara,
Dña. Silvia Herranz Herranz,
Dña. Mercedes De la Fuente Quiñones
Pág. 353
193,69 €
1.594,45 €
31.476,73 €
A todas las cantidades indicadas anteriormente, deberá añadirse el 10% en concepto
de interés por mora.
Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo
por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a
su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se
advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al
tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN
ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2516-0000-00-1297-20 del BANCO DE SANTANDER aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo
haber consignado el importe íntegro de la condena en el BANCO DE SANTANDER o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
BOCM-20211126-75
En cuanto al FOGASA, deberá estar y pasar por la presente resolución.