B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211126-5)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 562/2021, de 18 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Gestión de Empleo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid
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BOCM
Pág. 82
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE NOVIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 282
dad se acumularán a las del turno general de promoción interna en caso de no haber personas aspirantes aprobadas por dicho cupo.
Segunda
Personas aspirantes
1. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas, bastará con
que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de los requisitos que se recogen en el apartado primero y en el apartado segundo, punto segundo, de la base sexta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, los siguientes requisitos:
— Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes el título de Grado, Ingeniero Técnico, Arquitecto
Técnico o Diplomado Universitario.
Tal y como previene la disposición adicional primera del Real Decreto 1272/2003,
de 10 de octubre, por el que se regulan las condiciones para la declaración de equivalencia de títulos españoles de enseñanza superior universitaria o no universitaria a los títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, a efectos de lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas
para la Reforma de la Función Pública, se considerará equivalente al título de Diplomado Universitario:
d El haber superado los tres primeros cursos completos de los estudios conducentes a la obtención de cualquier título oficial de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, o
d El haber superado el primer ciclo correspondiente a dichos estudios, siempre
que este primer ciclo contenga una carga lectiva mínima de 180 créditos.
En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia, conforme a la normativa que resulte de
aplicación a tal efecto.
— Pertenecer como personal funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos, Escalas
y/o Especialidades del Subgrupo C1 de la Administración de la Comunidad de
Madrid.
Asimismo, podrá participar el personal funcionario de carrera de otras Administraciones Públicas que se encuentre prestando servicios en la Administración de la
Comunidad de Madrid en virtud del procedimiento de movilidad establecido en el
artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, y que pertenezca en su Administración de origen a un Cuerpo, Escala y/o Especialidad del Subgrupo C1.
— Haber prestado servicios efectivos como personal funcionario de carrera durante,
al menos, dos años en el Cuerpo, Escala y/o Especialidad funcionarial de procedencia.
2. Las personas aspirantes que concurran por el cupo de reserva de discapacidad,
además de reunir los requisitos exigidos en el apartado anterior, habrán de tener legalmente reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acreditar
esta circunstancia una vez superado el proceso selectivo, todo ello sin perjuicio de observar, igualmente, las disposiciones contenidas en el apartado sexto de la base octava de la
Orden 290/2018, de 27 de junio, que pudieran resultarles de aplicación.
3. La totalidad de los requisitos establecidos en esta base segunda deberán poseerse
en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera del Cuerpo y Escala sobre los que versa la presente convocatoria.
Solicitudes y plazo de presentación
1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en
el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de
Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.
2. Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se deberán cumplimentar por medios electrónicos, a través de la página web de la Comunidad de Madrid, a la que
BOCM-20211126-5
Tercera
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VIERNES 26 DE NOVIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 282
dad se acumularán a las del turno general de promoción interna en caso de no haber personas aspirantes aprobadas por dicho cupo.
Segunda
Personas aspirantes
1. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas, bastará con
que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de los requisitos que se recogen en el apartado primero y en el apartado segundo, punto segundo, de la base sexta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, los siguientes requisitos:
— Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes el título de Grado, Ingeniero Técnico, Arquitecto
Técnico o Diplomado Universitario.
Tal y como previene la disposición adicional primera del Real Decreto 1272/2003,
de 10 de octubre, por el que se regulan las condiciones para la declaración de equivalencia de títulos españoles de enseñanza superior universitaria o no universitaria a los títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, a efectos de lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas
para la Reforma de la Función Pública, se considerará equivalente al título de Diplomado Universitario:
d El haber superado los tres primeros cursos completos de los estudios conducentes a la obtención de cualquier título oficial de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, o
d El haber superado el primer ciclo correspondiente a dichos estudios, siempre
que este primer ciclo contenga una carga lectiva mínima de 180 créditos.
En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia, conforme a la normativa que resulte de
aplicación a tal efecto.
— Pertenecer como personal funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos, Escalas
y/o Especialidades del Subgrupo C1 de la Administración de la Comunidad de
Madrid.
Asimismo, podrá participar el personal funcionario de carrera de otras Administraciones Públicas que se encuentre prestando servicios en la Administración de la
Comunidad de Madrid en virtud del procedimiento de movilidad establecido en el
artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, y que pertenezca en su Administración de origen a un Cuerpo, Escala y/o Especialidad del Subgrupo C1.
— Haber prestado servicios efectivos como personal funcionario de carrera durante,
al menos, dos años en el Cuerpo, Escala y/o Especialidad funcionarial de procedencia.
2. Las personas aspirantes que concurran por el cupo de reserva de discapacidad,
además de reunir los requisitos exigidos en el apartado anterior, habrán de tener legalmente reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acreditar
esta circunstancia una vez superado el proceso selectivo, todo ello sin perjuicio de observar, igualmente, las disposiciones contenidas en el apartado sexto de la base octava de la
Orden 290/2018, de 27 de junio, que pudieran resultarles de aplicación.
3. La totalidad de los requisitos establecidos en esta base segunda deberán poseerse
en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera del Cuerpo y Escala sobre los que versa la presente convocatoria.
Solicitudes y plazo de presentación
1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en
el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de
Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.
2. Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se deberán cumplimentar por medios electrónicos, a través de la página web de la Comunidad de Madrid, a la que
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Tercera