D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20211125-32)
Oficinas de farmacia – Resolución de 10 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria, por la que se continúa la aplicación de la Resolución de 6 de marzo de 2019 y siguientes, del Director General de Inspección y Ordenación, por la que se autoriza la apertura de nuevas oficinas de farmacia correspondientes a las zonas farmacéuticas recogidas en la Resolución de 5 de marzo de 2018, por la que se abrió un período de concurrencia pública en el procedimiento de adjudicación de autorización de apertura de nuevas oficinas de farmacia
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BOCM
Pág. 186
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE NOVIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 281
Octavo
Por Resolución de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria de fecha 20 de abril de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo
de 2021), como continuación de las Resoluciones citadas de 6 de marzo de 2019, 28 de junio de 2019, 22 de noviembre de 2019, 12 de febrero de 2020, 22 de septiembre de 2020
y 20 de noviembre de 2020, se procedió igualmente a hacer pública la relación de farmacéuticos adjudicatarios (Anexo I), que a esa fecha habían renunciado a sus derechos en relación con la autorización otorgada por no haber efectuado la constitución de la garantía en el
plazo establecido y la relación de farmacéuticos adjudicatarios, en orden de puntuación
(Anexo II), con los que procedía continuar el procedimiento de autorización de nuevas oficinas de farmacia, toda vez que, como se ha indicado, los que le antecedían en puntuación
habían renunciado a la misma.
Noveno
Por Resolución de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria de fecha 10
de septiembre de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de septiembre de 2021), como continuación de las Resoluciones citadas de 6 de marzo de 2019, 28 de junio de 2019, 22 de noviembre de 2019, 12 de febrero de 2020, 22 de septiembre de 2020, 20
de noviembre de 2020 y 20 de abril de 2021, se procedió igualmente a hacer pública la relación de farmacéuticos adjudicatarios (Anexo I), que a esa fecha habían renunciado a sus derechos en relación con la autorización otorgada por no haber efectuado la constitución de la
garantía en el plazo establecido y la relación de farmacéuticos adjudicatarios, en orden de
puntuación (Anexo II), con los que procedía continuar el procedimiento de autorización de
nuevas oficinas de farmacia, toda vez que, como se ha indicado, los que le antecedían en puntuación habían renunciado a la misma.
Una vez superado el plazo de constitución de la preceptiva garantía otorgado en la misma, en cinco de las zonas farmacéuticas no se ha producido acreditación de esta consignación,
de manera que ninguno de los farmacéuticos adjudicatarios de estas zonas, relacionados en el
Anexo II de la Resolución de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria de
fecha 10 de septiembre de 2021, ha iniciado el procedimiento de instalación de nueva oficina
de farmacia al haber renunciado a sus derechos sobre la autorización otorgada.
La situación de las cinco Zonas farmacéuticas citadas es la siguiente:
— Zona 02.01.07 Mejorada del Campo: no se ha acreditado la constitución de la garantía de la única farmacia convocada.
— Zona 05.01.10 Algete: no se ha acreditado la constitución de la garantía de la única
farmacia convocada.
— Zona 06.01.03 Villanueva de la Cañada: no se ha acreditado la constitución de garantía de la única farmacia convocada.
— Zona 08.03.06 Sevilla la Nueva: no se ha acreditado la constitución de la garantía
de ninguna de las 2 farmacias convocadas.
— Zona 10.01.01 Torrejón de la Calzada: no se ha acreditado la constitución de la garantía de la única farmacia convocada.
Por el contrario, en las restantes zonas farmacéuticas sí se produjo consignación de garantía, encontrándose actualmente en plazo de designación de local.
En consecuencia, procede continuar el procedimiento exclusivamente en aquellas zonas
farmacéuticas en las que, a día de hoy, ninguno de los farmacéuticos a los que por orden de
puntuación correspondía iniciar el procedimiento, en los términos descritos en el antecedente del hecho segundo, han constituido garantía o designado local en plazo, con la consecuente pérdida de derecho sobre la autorización otorgada.
Undécimo
En el expediente figuran los siguientes documentos: Informe emitido por la Jefe de
Área de Autorización de Centros, Servicios y Establecimientos Farmacéuticos, la propuesta de resolución de la Subdirectora General de Inspección y Ordenación Farmacéutica, así
como la verificación positiva efectuada por la Unidad de Apoyo Técnico Jurídica de esta
Dirección General.
BOCM-20211125-32
Décimo
Pág. 186
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE NOVIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 281
Octavo
Por Resolución de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria de fecha 20 de abril de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo
de 2021), como continuación de las Resoluciones citadas de 6 de marzo de 2019, 28 de junio de 2019, 22 de noviembre de 2019, 12 de febrero de 2020, 22 de septiembre de 2020
y 20 de noviembre de 2020, se procedió igualmente a hacer pública la relación de farmacéuticos adjudicatarios (Anexo I), que a esa fecha habían renunciado a sus derechos en relación con la autorización otorgada por no haber efectuado la constitución de la garantía en el
plazo establecido y la relación de farmacéuticos adjudicatarios, en orden de puntuación
(Anexo II), con los que procedía continuar el procedimiento de autorización de nuevas oficinas de farmacia, toda vez que, como se ha indicado, los que le antecedían en puntuación
habían renunciado a la misma.
Noveno
Por Resolución de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria de fecha 10
de septiembre de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de septiembre de 2021), como continuación de las Resoluciones citadas de 6 de marzo de 2019, 28 de junio de 2019, 22 de noviembre de 2019, 12 de febrero de 2020, 22 de septiembre de 2020, 20
de noviembre de 2020 y 20 de abril de 2021, se procedió igualmente a hacer pública la relación de farmacéuticos adjudicatarios (Anexo I), que a esa fecha habían renunciado a sus derechos en relación con la autorización otorgada por no haber efectuado la constitución de la
garantía en el plazo establecido y la relación de farmacéuticos adjudicatarios, en orden de
puntuación (Anexo II), con los que procedía continuar el procedimiento de autorización de
nuevas oficinas de farmacia, toda vez que, como se ha indicado, los que le antecedían en puntuación habían renunciado a la misma.
Una vez superado el plazo de constitución de la preceptiva garantía otorgado en la misma, en cinco de las zonas farmacéuticas no se ha producido acreditación de esta consignación,
de manera que ninguno de los farmacéuticos adjudicatarios de estas zonas, relacionados en el
Anexo II de la Resolución de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria de
fecha 10 de septiembre de 2021, ha iniciado el procedimiento de instalación de nueva oficina
de farmacia al haber renunciado a sus derechos sobre la autorización otorgada.
La situación de las cinco Zonas farmacéuticas citadas es la siguiente:
— Zona 02.01.07 Mejorada del Campo: no se ha acreditado la constitución de la garantía de la única farmacia convocada.
— Zona 05.01.10 Algete: no se ha acreditado la constitución de la garantía de la única
farmacia convocada.
— Zona 06.01.03 Villanueva de la Cañada: no se ha acreditado la constitución de garantía de la única farmacia convocada.
— Zona 08.03.06 Sevilla la Nueva: no se ha acreditado la constitución de la garantía
de ninguna de las 2 farmacias convocadas.
— Zona 10.01.01 Torrejón de la Calzada: no se ha acreditado la constitución de la garantía de la única farmacia convocada.
Por el contrario, en las restantes zonas farmacéuticas sí se produjo consignación de garantía, encontrándose actualmente en plazo de designación de local.
En consecuencia, procede continuar el procedimiento exclusivamente en aquellas zonas
farmacéuticas en las que, a día de hoy, ninguno de los farmacéuticos a los que por orden de
puntuación correspondía iniciar el procedimiento, en los términos descritos en el antecedente del hecho segundo, han constituido garantía o designado local en plazo, con la consecuente pérdida de derecho sobre la autorización otorgada.
Undécimo
En el expediente figuran los siguientes documentos: Informe emitido por la Jefe de
Área de Autorización de Centros, Servicios y Establecimientos Farmacéuticos, la propuesta de resolución de la Subdirectora General de Inspección y Ordenación Farmacéutica, así
como la verificación positiva efectuada por la Unidad de Apoyo Técnico Jurídica de esta
Dirección General.
BOCM-20211125-32
Décimo