Madrid número 18 (BOCM-20211125-62)
Ejecución 128/2021
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 281
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE NOVIEMBRE DE 2021
Pág. 251
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
62
MADRID NÚMERO 18
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. PILAR ORTIZ MARTINEZ letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo
Social nº 18 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 128/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a
instancia de D./Dña. PEDRO GONZALEZ PÁRRAGA frente a PARGON TERCER MILENIO SL y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 26.476,98 euros de principal más otros 4.300,00 euros presupuestados para intereses y costas, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado PARGON TERCER MILENIO SL, sin perjuicio de
que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
Expídanse y remítanse los testimonios necesarios a la parte ejecutante a fin de iniciar
el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en
el plazo de tres días desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Y para que sirva de notificación en legal forma a PARGON TERCER MILENIO SL,
en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a veintinueve de octubre de dos mil veintiuno.
BOCM-20211125-62
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/31.423/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 281
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
62
MADRID NÚMERO 18
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. PILAR ORTIZ MARTINEZ letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo
Social nº 18 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 128/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a
instancia de D./Dña. PEDRO GONZALEZ PÁRRAGA frente a PARGON TERCER MILENIO SL y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 26.476,98 euros de principal más otros 4.300,00 euros presupuestados para intereses y costas, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado PARGON TERCER MILENIO SL, sin perjuicio de
que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
Expídanse y remítanse los testimonios necesarios a la parte ejecutante a fin de iniciar
el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en
el plazo de tres días desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Y para que sirva de notificación en legal forma a PARGON TERCER MILENIO SL,
en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a veintinueve de octubre de dos mil veintiuno.
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(03/31.423/21)
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ISSN 1989-4791