C) Otras Disposiciones - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior - RADIO TELEVISIÓN MADRID, S. A. (BOCM-20211125-20)
Creación sede electrónica – Acuerdo 12/2021, de 27 de octubre, del administrador provisional de Radio Televisión Madrid, S. A. U., sobre la creación de la sede electrónica
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 138
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE NOVIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 281
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Presidencia, Justicia e Interior
RADIO TELEVISIÓN MADRID, S. A.
20
ACUERDO 12/2021, de 27 de octubre, del administrador provisional de Radio
Televisión Madrid, S. A. U., sobre la creación de la sede electrónica.
En función de las facultades previstas en el artículo 22.3 de la Ley 8/2015, según la redacción otorgada por la Ley 1/2021, de 9 de julio, de modificación de la Ley 8/2015, de 28 de
diciembre, de Radio Televisión Madrid que, a su vez, se detallan en el artículo 25, de la precitada Ley 8/2015, el Administrador Provisional de RTVM ha acordado:
Primero
a) Se realizarán a través de la sede electrónica de Radio Televisión Madrid, S. A. U.
(en lo sucesivo, RTVM) todas las actuaciones, procedimientos y servicios que requieran la autenticación de RTVM y/o de los ciudadanos por medios electrónicos,
así como aquellos otros respecto a los que se decida su inclusión en la sede por razones de eficacia y calidad en la prestación de servicios a los ciudadanos.
b) La dirección electrónica de referencia de la sede será https://sede.telemadrid.es
c) El titular de la sede electrónica será el Administrador Provisional o el Director General de la sociedad.
d) La gestión tecnológica de la sede corresponderá a la Subdirección de Sistemas de
la Información.
e) Será responsable de la gestión de los procedimientos y servicios puestos a disposición de los ciudadanos en la sede electrónica de Radio Televisión Madrid, S. A. U.,
la Jefatura de Área de Relaciones Laborales.
f) El canal de acceso a los servicios disponibles en la sede electrónica será a través de
Internet en la dirección electrónica https://sede.telemadrid.es
g) En cada una de las secciones existentes en la sede electrónica existirá un formulario normalizado para la presentación de escritos y documentos dirigidos a RTVM.
Dicha presentación se hará a través del registro electrónico de RTVM, y requiere
la identificación y firma del ciudadano con los sistemas de firma electrónica incorporados al documento nacional de identidad o cualquiera de los sistemas de firma electrónica avanzada admitidos por la Administración General del Estado y/o
por la Comunidad de Madrid.
BOCM-20211125-20
De conformidad con lo previsto en el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos; en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a
los servicios públicos; en el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, así como en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las personas tienen derecho a relacionarse por medios electrónicos con el sector público, simplificando el acceso al mismo, y reforzando el empleo de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC), tanto
para mejorar la eficiencia de su gestión como para potenciar y favorecer las relaciones de
colaboración y cooperación entre ellos.
Por todo ello, por el presente Acuerdo se crea la sede electrónica de la Radio Televisión Madrid, S. A. U., con las siguientes características:
Pág. 138
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE NOVIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 281
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Presidencia, Justicia e Interior
RADIO TELEVISIÓN MADRID, S. A.
20
ACUERDO 12/2021, de 27 de octubre, del administrador provisional de Radio
Televisión Madrid, S. A. U., sobre la creación de la sede electrónica.
En función de las facultades previstas en el artículo 22.3 de la Ley 8/2015, según la redacción otorgada por la Ley 1/2021, de 9 de julio, de modificación de la Ley 8/2015, de 28 de
diciembre, de Radio Televisión Madrid que, a su vez, se detallan en el artículo 25, de la precitada Ley 8/2015, el Administrador Provisional de RTVM ha acordado:
Primero
a) Se realizarán a través de la sede electrónica de Radio Televisión Madrid, S. A. U.
(en lo sucesivo, RTVM) todas las actuaciones, procedimientos y servicios que requieran la autenticación de RTVM y/o de los ciudadanos por medios electrónicos,
así como aquellos otros respecto a los que se decida su inclusión en la sede por razones de eficacia y calidad en la prestación de servicios a los ciudadanos.
b) La dirección electrónica de referencia de la sede será https://sede.telemadrid.es
c) El titular de la sede electrónica será el Administrador Provisional o el Director General de la sociedad.
d) La gestión tecnológica de la sede corresponderá a la Subdirección de Sistemas de
la Información.
e) Será responsable de la gestión de los procedimientos y servicios puestos a disposición de los ciudadanos en la sede electrónica de Radio Televisión Madrid, S. A. U.,
la Jefatura de Área de Relaciones Laborales.
f) El canal de acceso a los servicios disponibles en la sede electrónica será a través de
Internet en la dirección electrónica https://sede.telemadrid.es
g) En cada una de las secciones existentes en la sede electrónica existirá un formulario normalizado para la presentación de escritos y documentos dirigidos a RTVM.
Dicha presentación se hará a través del registro electrónico de RTVM, y requiere
la identificación y firma del ciudadano con los sistemas de firma electrónica incorporados al documento nacional de identidad o cualquiera de los sistemas de firma electrónica avanzada admitidos por la Administración General del Estado y/o
por la Comunidad de Madrid.
BOCM-20211125-20
De conformidad con lo previsto en el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos; en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a
los servicios públicos; en el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, así como en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las personas tienen derecho a relacionarse por medios electrónicos con el sector público, simplificando el acceso al mismo, y reforzando el empleo de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC), tanto
para mejorar la eficiencia de su gestión como para potenciar y favorecer las relaciones de
colaboración y cooperación entre ellos.
Por todo ello, por el presente Acuerdo se crea la sede electrónica de la Radio Televisión Madrid, S. A. U., con las siguientes características: