Móstoles número 1 (BOCM-20211018-137)
Ejecución 217/2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 500
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 18 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 248
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
137
MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMON. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 01 de Móstoles.
HAGO SABER:
Que en el procedimiento 217/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
D./Dña. OSCAR JIMÉNEZ CRUZ frente a D./Dña. EVA DOLORES GONZÁLEZ SALINAS sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante,
D./Dña. OSCAR JIMÉNEZ CRUZ, frente a la demandada D./Dña. EVA DOLORES GONZÁLEZ SALINAS, parte ejecutada, por un principal de 5.160 euros, más 800 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar
las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en
los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de
este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2850-0000-64-0217-21.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez
D./Dña. FRANCISCO JUAN SANCHEZ DELGADO
EL MAGISTRADO-JUEZ
En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:
- Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del artículo 53.2 de la
LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados,
y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la
práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con
tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los
cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre
que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO
BOCM-20211018-137
Se acuerda el embargo de las DEVOLUCIONES TRIBUTARIAS que la AEAT tenga pendientes de devolver a la parte ejecutada.
Se acuerda el embargo de los saldos de D./Dña. EVA DOLORES GONZÁLEZ SALINAS a favor del ejecutante, en cuanto sea suficiente para cubrir la suma de las cantidades
reclamadas.
Se acuerda el embargo sobre el sueldo que la ejecutada EVA DOLORES GONZÁLEZ
SALINAS perciba en la empresa CONTESTA SERVICIOS AUXILIARES SL, en lo que
sea suficiente a cubrir las cantidades por las cuales se ha despachado ejecución. A tal fin,
líbrese el correspondiente oficio a la referida empresa. Y asimismo adviértase:
Pág. 500
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 18 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 248
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
137
MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMON. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 01 de Móstoles.
HAGO SABER:
Que en el procedimiento 217/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
D./Dña. OSCAR JIMÉNEZ CRUZ frente a D./Dña. EVA DOLORES GONZÁLEZ SALINAS sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante,
D./Dña. OSCAR JIMÉNEZ CRUZ, frente a la demandada D./Dña. EVA DOLORES GONZÁLEZ SALINAS, parte ejecutada, por un principal de 5.160 euros, más 800 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar
las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en
los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de
este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2850-0000-64-0217-21.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez
D./Dña. FRANCISCO JUAN SANCHEZ DELGADO
EL MAGISTRADO-JUEZ
En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:
- Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del artículo 53.2 de la
LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados,
y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la
práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con
tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los
cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre
que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO
BOCM-20211018-137
Se acuerda el embargo de las DEVOLUCIONES TRIBUTARIAS que la AEAT tenga pendientes de devolver a la parte ejecutada.
Se acuerda el embargo de los saldos de D./Dña. EVA DOLORES GONZÁLEZ SALINAS a favor del ejecutante, en cuanto sea suficiente para cubrir la suma de las cantidades
reclamadas.
Se acuerda el embargo sobre el sueldo que la ejecutada EVA DOLORES GONZÁLEZ
SALINAS perciba en la empresa CONTESTA SERVICIOS AUXILIARES SL, en lo que
sea suficiente a cubrir las cantidades por las cuales se ha despachado ejecución. A tal fin,
líbrese el correspondiente oficio a la referida empresa. Y asimismo adviértase: