C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20211015-23)
Concesión premios –  Orden 2970/2021, de 4 de octubre, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se conceden los Premios Extraordinarios de Educación Secundaria Obligatoria de la Comunidad de Madrid correspondientes al año académico 2020-2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 246

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 15 DE OCTUBRE DE 2021

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2. El presupuesto asignado para financiar la presente convocatoria, con cargo al crédito
del subconcepto 48399 del programa de gasto 322O, será de 50.000 euros. Una mitad de esta
cantidad, 25.000 euros, se imputará al ejercicio económico 2021 y la otra mitad de 25.000
euros al ejercicio 2022.
3. Mediante la correspondiente diligencia se consignará la obtención del Premio Extraordinario de Educación Secundaria Obligatoria de la Comunidad de Madrid tanto en el
historial como en el expediente académico del alumno premiado.
4. Los alumnos que obtengan Premio Extraordinario de Educación Secundaria Obligatoria de la Comunidad de Madrid, previa inscripción y siguiendo las condiciones que establezca la normativa de aplicación, podrán optar a los Premios Nacionales de Educación
Secundaria Obligatoria, de cuya convocatoria recibirán la debida información por parte de
la Consejería competente en materia de educación.
5. Los alumnos que obtengan el Premio Extraordinario de Educación Secundaria
Obligatoria recibirán un diploma acreditativo de tal distinción.
Tercero
Obligaciones del beneficiario
Las obligaciones del beneficiario serán las establecidas en el decimocuarto apartado
de la Orden 1373/2020, de 29 de junio.
Cuarto
Ceremonia de entrega de los Premios
La Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza hará pública, cuando
corresponda, la fecha, hora y lugar de la ceremonia de entrega de los Premios.
Quinto
Recursos
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes ante el Consejero de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavoz del Gobierno de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos
meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de la publicación de esta
Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cuantos
otros recursos se estime oportuno deducir.
Madrid, a 4 de octubre de 2021.

BOCM-20211015-23

El Consejero de Educación, Universidades, Ciencia
y Portavoz del Gobierno,
ENRIQUE OSSORIO CRESPO