B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211014-19)
Puesto libre designación –  Resolución de 29 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se resuelve parcialmente la convocatoria aprobada por Orden del Consejero de Hacienda y Función Pública de 17 de junio de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de junio), para la provisión de dos puestos de trabajo vacantes en la entonces Consejería de Cultura y Turismo, actual Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, de conformidad con el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, por el procedimiento de Libre Designación
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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JUEVES 14 DE OCTUBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 245

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
19

RESOLUCIÓN de 29 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se resuelve parcialmente la convocatoria aprobada por
Orden del Consejero de Hacienda y Función Pública de 17 de junio de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de junio), para la provisión
de dos puestos de trabajo vacantes en la entonces Consejería de Cultura y Turismo, actual Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, de conformidad con el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, por el procedimiento de Libre Designación.

Por Orden del Consejero de Hacienda y Función Pública de 17 de junio de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de junio), se aprobó convocatoria pública para la provisión de dos puestos de trabajo vacantes en la entonces Consejería de Cultura y Turismo, actual Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, de conformidad con el
artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de
Madrid, por el procedimiento de Libre Designación.
Mediante Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de
Madrid, se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de
Madrid. Asimismo, mediante Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno,
se modifica la estructura básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, modificado a su vez mediante Decreto 157/2021, de 7 de julio, del Consejo de Gobierno.
En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10
de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril); la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería
de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril) y, en lo no previsto por
las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de abril), así como
las demás prescripciones contenidas en la convocatoria correspondiente.
De acuerdo con la propuesta formulada por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y verificado que la candidata propuesta cumple los
requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, en virtud de la competencia atribuida a esta Dirección General en la letra q) del artículo 9.1) del Decreto 272/2019, de 22
de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la entonces Consejería de Hacienda y Función Pública, actual Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,
RESUELVO
Primero
Se adjudica el puesto de trabajo 78279 a la funcionaria que figura en el listado, quedando pendiente de resolver la adjudicación del puesto 78280.
Segundo
Toma de posesión
1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días, salvo lo
previsto en los apartados siguientes. Dicho plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al de la publica-

BOCM-20211014-19

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