B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20211014-31)
Puesto libre designación – Orden 1167/2021, de 4 de octubre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden 334/2021, de 14 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de junio), de la anterior Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprobó convocatoria pública para la provisión de un puesto de trabajo vacante en la citada Consejería por el procedimiento de Libre Designación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 245
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 127
Tercero
Recursos
BOCM-20211014-31
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse,
con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano
que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante
los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir
del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Dada en Madrid, a 4 de octubre de 2001.—La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte,
P. D. (Orden 41/2019, de 20 de noviembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 3 de diciembre), la Secretaria General Técnica, María José Barrero García.
B.O.C.M. Núm. 245
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 127
Tercero
Recursos
BOCM-20211014-31
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse,
con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano
que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante
los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir
del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Dada en Madrid, a 4 de octubre de 2001.—La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte,
P. D. (Orden 41/2019, de 20 de noviembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 3 de diciembre), la Secretaria General Técnica, María José Barrero García.