Las Rozas de Madrid (BOCM-20211014-80)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 245
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 267
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
80
LAS ROZAS DE MADRID
La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 17 de septiembre de 2021,
de acuerdo a los archivos existentes en las dependencias municipales, entre otros, adoptó el
acuerdo cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Aprobar las bases y convocar concurso específico CE-03/2021, para la provisión de un
puesto de trabajo de personal funcionario en la Concejalía de Infraestructuras y Mantenimiento de la Ciudad, código 5.B.9, Ingeniero Técnico/Arquitecto Técnico.
Primero. Aprobar las presentes bases y convocar concurso específico CE-03/2021,
para la provisión de un puesto de trabajo de personal funcionario en la Concejalía de Infraestructuras y Mantenimiento de la Ciudad, código 5.B.9, que figura relacionado y descrito en el Anexo I.—La convocatoria se regirá, por las bases generales que rigen la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de carrera mediante concurso del
Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid de 12 de abril de 2013, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 116, de 17 de mayo de 2013, en lo
no regulado en las presentes bases, así como por lo previsto en la Ley 7/1985, de 2 de abril,
de Bases del Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que
se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen
Local; Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 30/1984, de 2 de agosto,
de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General
del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Segundo. Requisitos y condiciones de participación.—1. De acuerdo con lo dispuesto en el apartado c) del artículo 20.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas
para la Reforma de la Función Pública, y en las Bases Generales que rigen la provisión de
puestos de trabajo reservados a funcionarios de carrera mediante concurso del Ayuntamiento
de Las Rozas de Madrid, aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, de 12 de abril de 2013, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 116, de 17 de mayo de 2013, podrán participar en
este proceso los funcionarios propios del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid y los funcionarios de carrera procedentes de otras Administraciones Públicas, que se encuentren
prestando servicios, siempre que el Cuerpo, Escala o Especialidad de los mismos sean considerados como equivalentes a la Escala, Subescala y/o Categoría del puesto convocado,
cualquiera que sea su situación administrativa a excepción de la suspensión de funciones,
cuando reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en la presente convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
Los interesados deberán reunir los requisitos indispensables para el desempeño del
puesto de trabajo que soliciten, de acuerdo con las circunstancias y condiciones que para
los mismos figuren en el Anexo I y en el catálogo de puestos de trabajo objeto de la presente convocatoria.
2. Los funcionarios procedentes de la situación de suspensos deberán haber cumplido el período de suspensión en la fecha indicada.
3. Los funcionarios en activo con destino definitivo sólo podrán participar en los concursos siempre que hayan transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo obtenido, salvo que se dé alguno de los supuestos siguientes: que hayan sido
removidos o cesados del puesto obtenido por el procedimiento de Concurso o Libre Designación, o bien que haya sido suprimido el puesto de trabajo que venían desempeñando.
4. En el plazo de dos años, a partir de su toma de posesión, los funcionarios de nuevo ingreso no podrán participar en concursos para la provisión de puestos de trabajo.
BOCM-20211014-80
OFERTAS DE EMPLEO
B.O.C.M. Núm. 245
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 267
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
80
LAS ROZAS DE MADRID
La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 17 de septiembre de 2021,
de acuerdo a los archivos existentes en las dependencias municipales, entre otros, adoptó el
acuerdo cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Aprobar las bases y convocar concurso específico CE-03/2021, para la provisión de un
puesto de trabajo de personal funcionario en la Concejalía de Infraestructuras y Mantenimiento de la Ciudad, código 5.B.9, Ingeniero Técnico/Arquitecto Técnico.
Primero. Aprobar las presentes bases y convocar concurso específico CE-03/2021,
para la provisión de un puesto de trabajo de personal funcionario en la Concejalía de Infraestructuras y Mantenimiento de la Ciudad, código 5.B.9, que figura relacionado y descrito en el Anexo I.—La convocatoria se regirá, por las bases generales que rigen la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de carrera mediante concurso del
Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid de 12 de abril de 2013, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 116, de 17 de mayo de 2013, en lo
no regulado en las presentes bases, así como por lo previsto en la Ley 7/1985, de 2 de abril,
de Bases del Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que
se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen
Local; Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 30/1984, de 2 de agosto,
de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General
del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Segundo. Requisitos y condiciones de participación.—1. De acuerdo con lo dispuesto en el apartado c) del artículo 20.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas
para la Reforma de la Función Pública, y en las Bases Generales que rigen la provisión de
puestos de trabajo reservados a funcionarios de carrera mediante concurso del Ayuntamiento
de Las Rozas de Madrid, aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, de 12 de abril de 2013, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 116, de 17 de mayo de 2013, podrán participar en
este proceso los funcionarios propios del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid y los funcionarios de carrera procedentes de otras Administraciones Públicas, que se encuentren
prestando servicios, siempre que el Cuerpo, Escala o Especialidad de los mismos sean considerados como equivalentes a la Escala, Subescala y/o Categoría del puesto convocado,
cualquiera que sea su situación administrativa a excepción de la suspensión de funciones,
cuando reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en la presente convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
Los interesados deberán reunir los requisitos indispensables para el desempeño del
puesto de trabajo que soliciten, de acuerdo con las circunstancias y condiciones que para
los mismos figuren en el Anexo I y en el catálogo de puestos de trabajo objeto de la presente convocatoria.
2. Los funcionarios procedentes de la situación de suspensos deberán haber cumplido el período de suspensión en la fecha indicada.
3. Los funcionarios en activo con destino definitivo sólo podrán participar en los concursos siempre que hayan transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo obtenido, salvo que se dé alguno de los supuestos siguientes: que hayan sido
removidos o cesados del puesto obtenido por el procedimiento de Concurso o Libre Designación, o bien que haya sido suprimido el puesto de trabajo que venían desempeñando.
4. En el plazo de dos años, a partir de su toma de posesión, los funcionarios de nuevo ingreso no podrán participar en concursos para la provisión de puestos de trabajo.
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