Rivas-Vaciamadrid (BOCM-20211013-84)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 13 DE OCTUBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 244

— Documentación a presentar una vez concedida la subvención y realizada la actividad:
d Anexo I: Declaración responsable facturas.
d Anexo II: Certificado justificación subvención.
— Documento memoria económica.
— Más información:
d Teléfono 916 602 725.
d Correo electrónico: cultura@rivasciudad.es
6. Cuantía.—23.000 euros.
— La cuantía máxima a conceder a las entidades que soliciten ayuda para la compra
de material fungible y alquiler de material inventariable de los elementos necesarios que configuran la decoración, ambientación y equipamiento de las carrozas
de cara a su participación en la Cabalgata de Reyes, será como máximo 1.600
euros que estará vinculada al número de entidades solicitantes, la disponibilidad
de la partida asignada y los presupuestos de gasto presentados por las entidades.
— La cuantía máxima a conceder a las entidades solicitantes de proyectos para actividades estará en función de los proyectos presentados y de los siguientes criterios. Cada uno de ellos se valorará con un punto:
1) Implantación en el ámbito de las fiestas.
2) Propuestas tendentes a dinamizar las actividades de Navidad/Cabalgata.
3) Propuestas coordinadas entre dos o más entidades y adecuación de estas a las
fiestas.
4) Complementariedad a las actividades programadas por el Ayuntamiento.
5) Adecuación de la cuantía del proyecto propuesto al contenido del mismo.
6) Promoción sociocultural de colectivos y grupos participantes en las fiestas
encaminados a la dinamización social.
7) Carácter abierto al conjunto de la población.
8) Originalidad e interés de la actividad.
9) Número de participantes que colaboran con la entidad o la organización de la
actividad.
10) Cualquier otro elemento que resulte beneficioso para el desarrollo de las fiestas.
— La Concejalía de Cultura y Fiestas subvencionará con cargo a la partida presupuestaria 0412 33800 48903 del presupuesto 2021 un importe máximo de 23.000 euros.
— Con carácter general las ayudas serán abonadas con posterioridad a la realización
de la actividad y/o proyecto, previa justificación de las mismas mediante las facturas correspondientes.
— Podrá efectuarse el pago anticipado cuando las entidades lo soliciten y acrediten la
necesidad de ello. En este caso será necesario adjuntar los presupuestos estimados
para la realización del proyecto, teniendo como referencia las cuantías justificadas el año 2019.
— Los conceptos subvencionables serán: material fungible necesario para el desarrollo de la actividad, alquiler de material técnico (ejemplo: material de iluminación
y sonido, …), camión.
— Los conceptos no subvencionables serán: adquisición de material inventariable
(ejemplo compra de: equipos de sonido e iluminación, equipamientos e infraestructuras, equipamiento deportivo…), así como cachés de actuaciones.
— La solicitud de subvención recoge tanto los recursos económicos y materiales que
quedarán supeditados a las posibilidades del Ayuntamiento en virtud de las solicitudes recibidas. En el ánimo de ofrecer la mejor colaboración posible y poder
planificar los medios disponibles solo se atenderán aquellas solicitudes recogidas
en las fichas adjuntas. Siendo aceptadas, ofreciendo alternativas o denegadas en el
mismo informe de adjudicación de subvención.
7. Período subvencionable.—Desde 30 de septiembre 2021 al 7 de enero 2022.
Rivas-Vaciamadrid, a 29 de septiembre de 2021.—El alcalde, Pedro del Cura Sánchez.
(03/29.047/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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