Boadilla del Monte (BOCM-20211013-65)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 244
MIÉRCOLES 13 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 281
— Vocales:
d Titular: don Francisco Javier Isidoro del Cerro, conserje-jefe del Ayuntamiento
de Boadilla del Monte; suplente, don Juan José Díez Arconada, subalterno-jefe
del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.
d Titular: don Amadeo Serrat Vázquez, oficial de Consumo del Ayuntamiento de
Boadilla del Monte; suplente, don José Andrés Paje Portillo, coordinador de
Inspección y Brigada de Obras del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.
d Titular: doña María Consuelo Velayos del Campo, administrativo del Ayuntamiento de Boadilla del Monte; suplente, doña Mercedes Figueroa Villaluenga, administrativa del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.
d Titular: doña María A. García Blázquez, jefa de Negociado del Ayuntamiento
de Boadilla del Monte; suplente, doña María José Espino Cercas, técnico de
Gestión del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.
o
5. La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía
administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas,
puede ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado si
transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su
interposición).
En el caso de desestimación presunta del recurso de reposición, la interposición del recurso contencioso-administrativo no está sujeta al plazo de caducidad previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, de acuerdo con la Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional 52/2014, de 10
de abril de 2014.
Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime
procedente”.
ANEXO I
RELACIÓN PROVISIONAL DE PERSONAS ASPIRANTES EXCLUÍDAS
Nº
APELLIDOS Y NOMBRE
DNI
CAUSA
EXCLUSIÓN
1
GARCIA JIMENEZ, JUAN
***0934**
A, D
2
RODRIGUEZ CHAVEZ, ROSA
***3332**
A
3
TATO LOPEZ-MANCISIDOR, JORGE
***3842**
E
4
TORRES TEJERO, EMILIANO
***2226**
A
5
VAZQUEZ SERRANO, JAVIER
***6002**
B, D
BOCM-20211013-65
TURNO LIBRE-CONSOLIDACIÓN
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 244
MIÉRCOLES 13 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 281
— Vocales:
d Titular: don Francisco Javier Isidoro del Cerro, conserje-jefe del Ayuntamiento
de Boadilla del Monte; suplente, don Juan José Díez Arconada, subalterno-jefe
del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.
d Titular: don Amadeo Serrat Vázquez, oficial de Consumo del Ayuntamiento de
Boadilla del Monte; suplente, don José Andrés Paje Portillo, coordinador de
Inspección y Brigada de Obras del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.
d Titular: doña María Consuelo Velayos del Campo, administrativo del Ayuntamiento de Boadilla del Monte; suplente, doña Mercedes Figueroa Villaluenga, administrativa del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.
d Titular: doña María A. García Blázquez, jefa de Negociado del Ayuntamiento
de Boadilla del Monte; suplente, doña María José Espino Cercas, técnico de
Gestión del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.
o
5. La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía
administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas,
puede ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado si
transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su
interposición).
En el caso de desestimación presunta del recurso de reposición, la interposición del recurso contencioso-administrativo no está sujeta al plazo de caducidad previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, de acuerdo con la Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional 52/2014, de 10
de abril de 2014.
Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime
procedente”.
ANEXO I
RELACIÓN PROVISIONAL DE PERSONAS ASPIRANTES EXCLUÍDAS
Nº
APELLIDOS Y NOMBRE
DNI
CAUSA
EXCLUSIÓN
1
GARCIA JIMENEZ, JUAN
***0934**
A, D
2
RODRIGUEZ CHAVEZ, ROSA
***3332**
A
3
TATO LOPEZ-MANCISIDOR, JORGE
***3842**
E
4
TORRES TEJERO, EMILIANO
***2226**
A
5
VAZQUEZ SERRANO, JAVIER
***6002**
B, D
BOCM-20211013-65
TURNO LIBRE-CONSOLIDACIÓN