Madrid número 18 (BOCM-20211012-10)
Procedimiento 1198/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 243
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 12 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 85
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE
10
MADRID NÚMERO 18
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio sobre delitos leves 1198/2021
entre D./Dña. ÓSCAR FERNÁNDEZ NÚÑEZ y D./Dña. CAROLINA MANCHEÑO
BERMEJO y D./Dña. NATHAN LOPEZ MANCHEÑO por un presunto delito de Coacciones, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
EL/LA JUEZ/MAGISTRADO-JUEZ QUE LO DICTA: D./Dña. ANGEL JOSE
LERA CARRASCO.
Lugar: Madrid.
Fecha: 21 de septiembre de 2021.
ANTECEDENTES DE HECHO
ÚNICO.- En este se incoaron Juicio sobre Delitos Leves el cual estaba señalado para
el día de hoy habiéndose practicado las diligencias que obran en las presentes actuaciones
y, quedando el mismo suspendido, según consta en el Acta del Juicio Oral.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
ÚNICO.- De lo actuado no aparece debidamente justificada la perpetración del delito
que ha dado lugar a la formación de la causa, por lo que de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 779.1.1º y 641.1º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, procede decretar el sobreseimiento provisional de las actuaciones.
Vistos los preceptos indicados y los demás de pertinente y general aplicación,
PARTE DISPOSITIVA
Se decreta el sobreseimiento provisional y el archivo de las presentes actuaciones. Llevándose a efecto la notificación de la presente resolución al denunciante a través de la publicación de Edictos en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
Notifíquese esta resolución al Ministerio Fiscal, a las demás partes personadas y a las
víctimas del delito en la forma prevista en el art. 636 de la LECrim.
Contra esta resolución cabe interponer RECURSO DE REFORMA y SUBSIDIARIO
DE APELACIÓN dentro de los TRES DÍAS siguientes a su notificación, o bien, RECURSO
DE APELACIÓN DIRECTO dentro de los CINCO DÍAS siguientes a la última notificación.
Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.
El/La Juez/Magistrado-Juez.-El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
En Madrid, a 21 de septiembre de 2021.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/27.991/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20211012-10
Y para que sirva de notificación a D./Dña. ÓSCAR FERNÁNDEZ NÚÑEZ expido y
firmo la presente.
B.O.C.M. Núm. 243
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 12 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 85
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE
10
MADRID NÚMERO 18
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio sobre delitos leves 1198/2021
entre D./Dña. ÓSCAR FERNÁNDEZ NÚÑEZ y D./Dña. CAROLINA MANCHEÑO
BERMEJO y D./Dña. NATHAN LOPEZ MANCHEÑO por un presunto delito de Coacciones, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
EL/LA JUEZ/MAGISTRADO-JUEZ QUE LO DICTA: D./Dña. ANGEL JOSE
LERA CARRASCO.
Lugar: Madrid.
Fecha: 21 de septiembre de 2021.
ANTECEDENTES DE HECHO
ÚNICO.- En este se incoaron Juicio sobre Delitos Leves el cual estaba señalado para
el día de hoy habiéndose practicado las diligencias que obran en las presentes actuaciones
y, quedando el mismo suspendido, según consta en el Acta del Juicio Oral.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
ÚNICO.- De lo actuado no aparece debidamente justificada la perpetración del delito
que ha dado lugar a la formación de la causa, por lo que de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 779.1.1º y 641.1º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, procede decretar el sobreseimiento provisional de las actuaciones.
Vistos los preceptos indicados y los demás de pertinente y general aplicación,
PARTE DISPOSITIVA
Se decreta el sobreseimiento provisional y el archivo de las presentes actuaciones. Llevándose a efecto la notificación de la presente resolución al denunciante a través de la publicación de Edictos en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
Notifíquese esta resolución al Ministerio Fiscal, a las demás partes personadas y a las
víctimas del delito en la forma prevista en el art. 636 de la LECrim.
Contra esta resolución cabe interponer RECURSO DE REFORMA y SUBSIDIARIO
DE APELACIÓN dentro de los TRES DÍAS siguientes a su notificación, o bien, RECURSO
DE APELACIÓN DIRECTO dentro de los CINCO DÍAS siguientes a la última notificación.
Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.
El/La Juez/Magistrado-Juez.-El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
En Madrid, a 21 de septiembre de 2021.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/27.991/21)
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ISSN 1989-4791
BOCM-20211012-10
Y para que sirva de notificación a D./Dña. ÓSCAR FERNÁNDEZ NÚÑEZ expido y
firmo la presente.