C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211012-1)
Convenio colectivo –  Resolución de 16 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo del Sector de Industria, Servicios e Instalaciones del Metal, suscrito por la asociación empresas del Comercio e Industrias del Metal de Madrid (AECIM) y por la representación sindical, CC OO de Industria de Madrid y Federación de Industria, Construcción y Agro de Madrid de UGT (código número 28003715011982)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 243

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 12 DE OCTUBRE DE 2021

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5.

Tareas de lectura, anotación y control, bajo instrucciones detalladas, de los procesos
industriales o el suministro de servicios generales de fabricación.
6. Ejercer mando directo al frente de un conjunto de operarios/as auxiliares en trabajo de
carga y descarga, limpieza, acondicionamiento, movimiento de tierras, realización de
zanjas, etc., generalmente de tipo manual o con máquinas, incluyendo procesos
productivos.
7. Controlar la calidad de la producción o el montaje, realizando inspecciones y
reclasificaciones visuales o con los correspondientes aparatos, decidiendo sobre el rechazo
en base a normas fijadas, reflejando en partes o a través de plantilla los resultados de la
inspección.
8. Toma de datos de procesos de producción, referentes a temperaturas, humedades,
aleaciones, duración de ciclos, porcentajes de materias primas, desgastes de útiles,
defectos, anormalidades, etc., reflejando en partes o a través de plantilla todos los datos
según código al efecto.
9. Conducción de máquinas pesadas autopropulsadas o suspendidas en vacío, de elevación,
carga, arrastre, etc. (locomotoras, tractores, palas, empujadoras, grúas, puente, grúas de
pórtico, etc.).
10. Realizar trabajos en máquinas de producción en base a instrucciones simples y/o croquis
sencillos.
11. Realizar trabajos de corte, calentamiento, rebabado y escarpado u otros análogos,
utilizando sopletes, martillos neumáticos, etc.
12. Tareas de ajuste de series de aparatos, construcción de forma de cable sin trazo de
plantillas, montaje elemental de series de conjuntos elementales, verificado de soldaduras
de conexión.

GRUPO PROFESIONAL 6
Criterios Generales
Tareas que se ejecuten con un alto grado de dependencia, claramente establecidas, con
instrucciones específicas. Pueden requerir esfuerzo físico, con escasa formación o conocimientos
muy elementales y que ocasionalmente pueden necesitar de un pequeño período de adaptación.
Formación.- Formación equiparable a Enseñanza Secundaria Obligatoria, así como a conocimientos
adquiridos en el desempeño de su profesión.

Tareas:
Ejemplos.- En este Grupo profesional se incluyen a título enunciativo todas aquellas actividades que,
por analogía, son equiparables a las siguientes:
Actividades sencillas, que exijan regulación y puesta a punto o manejo de cuadros,
indicadores y paneles no automáticos.
2. Tareas elementales en laboratorio.
3. Tareas de control de accesos a edificios y locales sin requisitos especiales ni arma.
4. Tareas de recepción que no exijan cualificación especial o conocimiento de idiomas.
Telefonista y/o recepcionista.
5. Trabajos de reprografía en general. Reproducción y calcado de planos.
6. Trabajos sencillos y rutinarios de mecanografía, archivo, cálculo, facturación o similares de
administración.
7. Realización de análisis sencillos y rutinarios de fácil comprobación, funciones de toma y
preparación de muestra para análisis.
8. Trabajos de vigilancia y regulación de máquinas estáticas en desplazamientos de
materiales (cintas transportadoras y similares).
9. Tareas de transporte y paletización realizadas con elementos mecánicos.
10. Tareas de operación de equipos de transmisión de información, fax, etc.

BOCM-20211012-1

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