D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211012-2)
Convenio – Adenda de 21 de septiembre de 2021, de prórroga del convenio plurianual entre la Fundación EOI, F. S. P. y la Comunidad de Madrid (Consejería de Economía, Hacienda y Empleo) para el desarrollo de la estrategia industria conectada 4.0.
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BOCM
Pág. 56
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 12 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 243
La financiación de Activa Industria 4.0 se llevará a cabo en los siguientes términos:
— En el ejercicio presupuestario 2020, la Comunidad de Madrid consigna 17.325
euros, las empresas industriales beneficiarias en el ámbito territorial del convenio
contribuyen abonando 3.025 euros) y la Fundación EOI aporta 28.600 euros.
— En el año 2021, la Comunidad de Madrid aporta 76.230 euros, las empresas industriales beneficiarias en el ámbito territorial del convenio contribuyen abonando 13.310 euros y la Fundación EOI aporta 125.840 euros.
— En el año 2022, la Comunidad de Madrid contribuye al programa con un total
de 114.345 euros, la colaboración de las empresas industriales beneficiarias será
de 19.965 euros y la participación de la Fundación EOI se traducirá en 188.760 euros.
La aportación efectuada por la Comunidad de Madrid se realizará con cargo al subconcepto 22809 “Otros convenios, conciertos o acuerdos” del programa 463A “Competitividad” de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para cada anualidad, en
función de la existencia de crédito adecuado y suficiente conforme a lo que disponga la Ley
de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid correspondiente a los ejercicios
económicos afectados».
Tercera
Modificación de la cláusula decimocuarta del convenio
El primer párrafo de la cláusula decimocuarta queda redactada como sigue:
“4. Vigencia y extinción
El presente convenio se fija con una vigencia plurianual y se extenderá desde la firma
del mismo hasta el 31 de diciembre de 2022. No obstante, su duración está supeditada a la
existencia de crédito adecuado y suficiente en cada ejercicio presupuestario”.
Cuarta
Entrada en vigor y publicación
Esta adenda entrará en vigor el día de su firma y será publicada en el BOLETÍN OFICOMUNIDAD DE MADRID dentro de los veinte días siguientes, de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 23.2 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
En prueba de conformidad, se formaliza y firma la presente adenda, siendo su fecha la
correspondiente a la firma del representante de la Comunidad de Madrid.
Madrid, a 21 de septiembre de 2021.—Por la Comunidad de Madrid, el Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 19 de febrero de 2019), el Viceconsejero de Economía, Manuel Llamas Fraga.—Por la Fundación EOI, F. S. P., el Presidente, Raül Blanco
Díaz.
(03/27.961/21)
BOCM-20211012-2
CIAL DE LA
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 56
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 12 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 243
La financiación de Activa Industria 4.0 se llevará a cabo en los siguientes términos:
— En el ejercicio presupuestario 2020, la Comunidad de Madrid consigna 17.325
euros, las empresas industriales beneficiarias en el ámbito territorial del convenio
contribuyen abonando 3.025 euros) y la Fundación EOI aporta 28.600 euros.
— En el año 2021, la Comunidad de Madrid aporta 76.230 euros, las empresas industriales beneficiarias en el ámbito territorial del convenio contribuyen abonando 13.310 euros y la Fundación EOI aporta 125.840 euros.
— En el año 2022, la Comunidad de Madrid contribuye al programa con un total
de 114.345 euros, la colaboración de las empresas industriales beneficiarias será
de 19.965 euros y la participación de la Fundación EOI se traducirá en 188.760 euros.
La aportación efectuada por la Comunidad de Madrid se realizará con cargo al subconcepto 22809 “Otros convenios, conciertos o acuerdos” del programa 463A “Competitividad” de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para cada anualidad, en
función de la existencia de crédito adecuado y suficiente conforme a lo que disponga la Ley
de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid correspondiente a los ejercicios
económicos afectados».
Tercera
Modificación de la cláusula decimocuarta del convenio
El primer párrafo de la cláusula decimocuarta queda redactada como sigue:
“4. Vigencia y extinción
El presente convenio se fija con una vigencia plurianual y se extenderá desde la firma
del mismo hasta el 31 de diciembre de 2022. No obstante, su duración está supeditada a la
existencia de crédito adecuado y suficiente en cada ejercicio presupuestario”.
Cuarta
Entrada en vigor y publicación
Esta adenda entrará en vigor el día de su firma y será publicada en el BOLETÍN OFICOMUNIDAD DE MADRID dentro de los veinte días siguientes, de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 23.2 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
En prueba de conformidad, se formaliza y firma la presente adenda, siendo su fecha la
correspondiente a la firma del representante de la Comunidad de Madrid.
Madrid, a 21 de septiembre de 2021.—Por la Comunidad de Madrid, el Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 19 de febrero de 2019), el Viceconsejero de Economía, Manuel Llamas Fraga.—Por la Fundación EOI, F. S. P., el Presidente, Raül Blanco
Díaz.
(03/27.961/21)
BOCM-20211012-2
CIAL DE LA
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ISSN 1989-4791