Las Rozas de Madrid (BOCM-20211011-56)
Urbanismo. Proyecto reparcelación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 242
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 11 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 153
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
56
LAS ROZAS DE MADRID
URBANISMO
BOCM-20211011-56
La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 17 de septiembre de 2021,
adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.—Aprobar con carácter definitivo el Proyecto de Reparcelación formulado
por la Junta de Compensación para la ejecución de la Unidad de Ejecución U. E. I-4 “Ronda de La Plazuela” del PGOU de Las Rozas de Madrid, redactada por el arquitecto don José
Luis Fernandez.
Segundo.—Proceder a la formalización del Proyecto de Reparcelación mediante el otorgamiento de escritura pública o la expedición de documento administrativo con las solemnidades y requisitos dispuestos legalmente, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 174 del
Reglamento de Gestión Urbanística y los artículos 6 y 7 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de
actos de naturaleza urbanística.
Tercero.—Publicar el presenta acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y notificarlo a todos los interesados, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 25.2 del texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana 7/2015 y en el artículo 111 del Reglamento de Gestión Urbanística.
Cuarto.—Tras la formalización del Proyecto de Reparcelación, instar su inscripción en
el Registro de la Propiedad.
Quinto.—Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, ante el órgano que lo ha
adoptado, según lo dispuesto en los artículos 123.1 y 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a contar en ambos casos de la
correspondiente publicación del presente acuerdo, sin perjuicio de cuantos otros recursos
se estime oportuno deducir.
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos legales oportunos.
Las Rozas de Madrid, a 22 de septiembre de 2021.—El alcalde, P. D. (decreto 1159/2020,
de 13 de marzo), el concejal-delegado de Presidencia, Urbanismo y Portavocía del Gobierno,
Gustavo Rico Pérez.
(02/28.010/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 242
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LUNES 11 DE OCTUBRE DE 2021
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
56
LAS ROZAS DE MADRID
URBANISMO
BOCM-20211011-56
La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 17 de septiembre de 2021,
adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.—Aprobar con carácter definitivo el Proyecto de Reparcelación formulado
por la Junta de Compensación para la ejecución de la Unidad de Ejecución U. E. I-4 “Ronda de La Plazuela” del PGOU de Las Rozas de Madrid, redactada por el arquitecto don José
Luis Fernandez.
Segundo.—Proceder a la formalización del Proyecto de Reparcelación mediante el otorgamiento de escritura pública o la expedición de documento administrativo con las solemnidades y requisitos dispuestos legalmente, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 174 del
Reglamento de Gestión Urbanística y los artículos 6 y 7 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de
actos de naturaleza urbanística.
Tercero.—Publicar el presenta acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y notificarlo a todos los interesados, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 25.2 del texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana 7/2015 y en el artículo 111 del Reglamento de Gestión Urbanística.
Cuarto.—Tras la formalización del Proyecto de Reparcelación, instar su inscripción en
el Registro de la Propiedad.
Quinto.—Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, ante el órgano que lo ha
adoptado, según lo dispuesto en los artículos 123.1 y 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a contar en ambos casos de la
correspondiente publicación del presente acuerdo, sin perjuicio de cuantos otros recursos
se estime oportuno deducir.
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos legales oportunos.
Las Rozas de Madrid, a 22 de septiembre de 2021.—El alcalde, P. D. (decreto 1159/2020,
de 13 de marzo), el concejal-delegado de Presidencia, Urbanismo y Portavocía del Gobierno,
Gustavo Rico Pérez.
(02/28.010/21)
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