Boadilladel Monte (BOCM-20211008-49)
Organización y funcionamiento. Delegación de funciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 240

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 8 DE OCTUBRE DE 2021

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
49

BOADILLA DEL MONTE

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49.3 del Reglamento Orgánico Municipal, se hace público que el Alcalde, mediante Decreto número 4364/2021 de 7 de septiembre, ha resuelto:
“1. Delegar la dirección de las distintas Áreas de Gobierno Municipales en los siguientes Tenientes de Alcalde:
a) En don Francisco Javier González Menéndez, Primer Teniente de Alcalde, el Área
de Gobierno de Economía y Hacienda, Urbanismo, Infraestructuras y Obras y
Nuevas Tecnologías.
b) En don Jesús Egea Pascual, Segundo Teniente de Alcalde, el Área de Gobierno de
Presidencia, Relaciones Instituciones, Coordinación, Comunicación, Personal,
Patrimonio, Asuntos Sociales y Familia.
c) En doña Sara De la Varga González, Tercera Teniente de Alcalde, el Área de Gobierno de Seguridad, Educación, Sanidad y Agenda 2030.
d) En don David José Mesa Vargas, Cuarto Teniente de Alcalde, el Área de Gobierno
de Medio Ambiente, Empleo, Cultura, Patrimonio Histórico, Deporte, Juventud,
Personas Mayores y Transporte.
2. Conferir a don Francisco Javier González Menéndez la Delegación de Economía,
Hacienda, Vivienda, Obras y Nuevas Tecnologías, integrada en el Área de Gobierno de Economía y Hacienda, Urbanismo, Infraestructuras y Obras y Nuevas Tecnologías, delegándole el ejercicio de las facultades que corresponden legalmente a la alcaldía respecto de las citadas materias, con el alcance que se dice en los apartados 14, 15 y 16 de este Decreto, y, en
concreto, las que se dicen a continuación:
a) El reconocimiento de todas las obligaciones de gastos, excepto las que correspondan al Pleno corporativo o a la Junta de Gobierno Local.
b) La ordenación de todos los pagos que previamente hayan sido autorizados, dispuestos y reconocidos por el órgano competente, y la disposición de fondos.
c) El reconocimiento y liquidación del resto de obligaciones derivadas de compromisos de gastos legalmente adquiridos.
d) La concertación de operaciones de Tesorería cuya competencia corresponda al Alcalde.
e) La aprobación de las modificaciones del presupuesto que sean competencia de la
Alcaldía, según las Bases de Ejecución.
f) La aprobación de la liquidación del presupuesto del Ayuntamiento dando cuenta
al Pleno en la siguiente sesión.
g) La solicitud de colaboración administrativa en materia tributaria.
h) En materia de gestión tributaria, cuando el acuerdo corresponda al Alcalde, la aprobación de padrones, liquidaciones y sanciones así como su anulación; el reconocimiento de beneficios fiscales; la devolución de ingresos derivados de la normativa
e ingresos indebidos, la aprobación de compensación de deudas y créditos, de concesión de aplazamientos y de derivación de la acción administrativa a otros responsables de la deuda; la suspensión de la ejecutividad de los actos de gestión e
inspección, la declaración de créditos incobrables y de prescripción de derechos y
obligaciones.
i) La apertura y cancelación de cuentas operativas, restringidas y de colocación de
excedentes así como los traspasos de fondos entre cuentas municipales, en los términos de las Bases de Ejecución del Presupuesto anual; la aprobación de cuentas
justificativas de “pagos a justificar” y anticipos de “caja fija”.
j) El ejercicio de las funciones de gestión catastral contemplados en el Convenio de
colaboración sobre dicha materia, quedando designada miembro de la Comisión
Mixta de Vigilancia y control del citado Convenio.

BOCM-20211008-49

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO