Villalbilla (BOCM-20211007-79)
Régimen económico. Precios públicos
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 7 DE OCTUBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 239

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
79

VILLALBILLA

Visto el informe de la técnica de Juventud y Deportes del Ayuntamiento de Villalbilla,
en relación a la regularización de los precios de la actividad municipal de boxeo, en el que expone que conforme a los artículos 41 a 47 y 127 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, pueden establecerse precios públicos por la prestación de servicios o la realización de actividades.
Visto que en fecha 23 de septiembre 2021 la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento apruebe el precio público relativo a la actividad de boxeo, incluyendo el precio en
relación a las personas abonadas y no abonadas sujeto a la matrícula de dicha actividad.
Resaltando que los precios que se establecen en el informe son de interés público para
la población del municipio, igualmente para elaborar la previsión de gastos, partiendo de
los presupuestos, que directa o indirectamente se aplican a dicho servicio, incrementados
con el Índice de Precios al Consumo y aplicándoles el correspondiente IVA.
Por lo que:
— Visto el informe de la técnica de Juventud correspondiente a la fijación del precio
público:
d Estudio técnico-económico sobre los costes previsibles del servicio en las siguientes actividades.
— Visto informe de Intervención en el que:
d Establece la Ley de Tasas y Precios Públicos, así como el propio la obligación
de acompañar los expedientes de una memoria económica financiera que determine el coste del servicio.
d Informe del interventor, relativo a la existencia de crédito para la realización de
esta acción.
— Vista la legislación vigente aplicable al caso, constituida fundamentalmente por
los artículos 41 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales;
De acuerdo con las competencias que atribuye al concejal de promoción del deporte y
tiempo libre, por la unanimidad de los concejales asistentes a la sesión (seis de los seis que
componen la Junta), se acuerda:
Primero.—Estimar la aprobación de precios públicos la cuota (IVA incluido si procede) acreditación de precios públicos de la actividad deportiva municipal (boxeo), en los términos recogidos en el informe técnico de fecha 21 de septiembre de 2021.
Segundo.—Dar traslado al Departamento de Contabilidad para que realice las anotaciones oportunas.
Tercero.—Proceder al cobro del precio público mediante cuenta bancaria.
Contra el presente acuerdo, los interesados podrán interponer directamente recurso
contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola
la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Villalbilla, a 28 de septiembre de 2021.—El secretario general, Alfredo Carrero
Santamaría.
(03/28.261/21)
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ISSN 1989-4791

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