Valdemorillo (BOCM-20211007-77)
Régimen económico. Ordenanza impuesto vehículos tracción mecánica
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 240
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 7 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 239
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
77
VALDEMORILLO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20211007-77
El Pleno del Ayuntamiento de Valdemorillo, en sesión plenaria celebrada con fecha 15
de julio de 2021, ha adoptado, entre otros, acuerdo de:
— Aprobación inicial de modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
De conformidad con lo previsto en cada caso en el artículo 17 del texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, y en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
del Régimen Local, dicho acuerdo provisional y su expediente se someten a información pública por un plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente al de publicación de
anuncio al efecto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que durante dicho plazo los interesados puedan examinar el citado expediente y presentar las alegaciones, reclamaciones y/o sugerencias que estimen oportunas.
En el caso de no presentarse estas, se entenderá definitivamente aprobado/a el acuerdo provisional de referencia y la modificación de ordenanza arriba indicada.
En Valdemorillo, a 28 de septiembre de 2021.—El alcalde, Santiago Villena Acedos.
(03/28.297/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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JUEVES 7 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 239
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
77
VALDEMORILLO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20211007-77
El Pleno del Ayuntamiento de Valdemorillo, en sesión plenaria celebrada con fecha 15
de julio de 2021, ha adoptado, entre otros, acuerdo de:
— Aprobación inicial de modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
De conformidad con lo previsto en cada caso en el artículo 17 del texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, y en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
del Régimen Local, dicho acuerdo provisional y su expediente se someten a información pública por un plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente al de publicación de
anuncio al efecto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que durante dicho plazo los interesados puedan examinar el citado expediente y presentar las alegaciones, reclamaciones y/o sugerencias que estimen oportunas.
En el caso de no presentarse estas, se entenderá definitivamente aprobado/a el acuerdo provisional de referencia y la modificación de ordenanza arriba indicada.
En Valdemorillo, a 28 de septiembre de 2021.—El alcalde, Santiago Villena Acedos.
(03/28.297/21)
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ISSN 1989-4791