Collado Villalba (BOCM-20211007-67)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 228
JUEVES 7 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 239
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
67
COLLADO VILLALBA
RÉGIMEN ECONÓMICO
En la Secretaría General de esta Entidad Local, a los efectos de lo dispuesto en los artículos 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se halla expuesto al público el
expediente de créditos extraordinarios 41/2021, que ha sido aprobado inicialmente por el
Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de septiembre de 2021, cuyo contenido es el siguiente:
CRÉDITOS AL ALZA EN PARTIDAS DE GASTO
CAPÍTULO
CAPÍTULO 4
DESCRIPCIÓN DEL CAPITULO
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
TOTAL PRESUPUESTO DE GASTOS
IMPORTE (€)
68.000,00
68.000,00
BAJA EN CONCEPTO DE GASTOS
CAPÍTULO
CAPÍTULO
DESCRIPCIÓN DEL CAPITULO
GASTOS FINANCIEROS
TOTAL FINANCIACIÓN
IMPORTE (€)
68.000,00
68.000,00
BOCM-20211007-67
Los interesados que estén legitimados, según lo dispuesto en el artículo 170.1 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y por los motivos taxativamente enumerados en
el número 2 de dicho artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del
siguiente a la fecha de inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID.
b) Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento. Podrá optar por la
presentación de forma presencial o a través de Registro Telemático, para lo cual
será necesario disponer de certificado digital, DNI electrónico o haberse dado de
alta en servicio PIN24h.
c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.
En el supuesto de que no se presenten reclamaciones o sugerencias durante la exposición pública del expediente, el acuerdo de aprobación inicial se entenderá definitivo.
En Collado Villalba, a 5 de octubre de 2021.—La alcaldesa, María Dolores Vargas
Fernández.
(03/28.974/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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B.O.C.M. Núm. 239
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
67
COLLADO VILLALBA
RÉGIMEN ECONÓMICO
En la Secretaría General de esta Entidad Local, a los efectos de lo dispuesto en los artículos 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se halla expuesto al público el
expediente de créditos extraordinarios 41/2021, que ha sido aprobado inicialmente por el
Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de septiembre de 2021, cuyo contenido es el siguiente:
CRÉDITOS AL ALZA EN PARTIDAS DE GASTO
CAPÍTULO
CAPÍTULO 4
DESCRIPCIÓN DEL CAPITULO
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
TOTAL PRESUPUESTO DE GASTOS
IMPORTE (€)
68.000,00
68.000,00
BAJA EN CONCEPTO DE GASTOS
CAPÍTULO
CAPÍTULO
DESCRIPCIÓN DEL CAPITULO
GASTOS FINANCIEROS
TOTAL FINANCIACIÓN
IMPORTE (€)
68.000,00
68.000,00
BOCM-20211007-67
Los interesados que estén legitimados, según lo dispuesto en el artículo 170.1 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y por los motivos taxativamente enumerados en
el número 2 de dicho artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del
siguiente a la fecha de inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID.
b) Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento. Podrá optar por la
presentación de forma presencial o a través de Registro Telemático, para lo cual
será necesario disponer de certificado digital, DNI electrónico o haberse dado de
alta en servicio PIN24h.
c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.
En el supuesto de que no se presenten reclamaciones o sugerencias durante la exposición pública del expediente, el acuerdo de aprobación inicial se entenderá definitivo.
En Collado Villalba, a 5 de octubre de 2021.—La alcaldesa, María Dolores Vargas
Fernández.
(03/28.974/21)
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