Torrejón de Ardoz número 3 (BOCM-20211007-83)
Procedimiento 1089/2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 7 DE OCTUBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 239

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
83

TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 3
EDICTO

Doña María Ángeles Fernández Cruz, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado
de primera instancia número 3 de Torrejón de Ardoz.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2)
número 1089/2020, instados por el procurador don Miguel Rodríguez Marcote, en nombre
y representación de Volkswagen Renting, S. A., contra Duralimpio, S. L., en reclamación
de cantidad, en los que se ha dictado, en fecha 12 de mayo de 2021, sentencia cuyo fallo es
la siguiente:
Sentencia número 115/2021
Torrejón de Ardoz, a 12 de mayo de 2021.—La juez/magistrada-juez, doña Genoveva
Alicia Corominas Megías.
Demandante: Volkswagen Renting, S. A. Procurador: don Miguel Rodríguez Marcote.
Abogado: don Juan José García García. Demandado: Duralimpio, S. L. (en rebeldía). Objeto: reclamación de cantidad. Arrendamiento de bienes muebles. Cuantía. 3.306,25 euros.

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la representación procesal de
la mercantil Volkswagen Renting, S. A., frente a la mercantil Duralimpio, S. L., declaro resuelto el contrato de arrendamiento de vehículo con número CMRN020461, de fecha 20 de
marzo de 2018, suscrito entre las partes y con fecha de efectos el 20 de julio de 2018, condenando a la parte demandada a restituir a la actora el vehículo objeto de dicho contrato,
Audi Q3, 7283KLF. Igualmente, debo condenar y condeno a la mercantil Duralimpio, S. L.,
a abonar a la parte actora la cantidad de 3.306,25 euros, junto con la cantidad de 557,63
euros mensuales, computados desde el mes de noviembre de 2020 hasta la fecha de restitución del vehículo y el interés estipulado en el contrato, 1 por 100 mensual, computado desde la fecha de interposición de la demanda, 14 de octubre de 2020, sobre la cantidad objeto de condena. Todo ello, con imposición a la parte demandada de las costas generadas con
ocasión del presente procedimiento.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la L. E. Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la
cuenta 3202-0000-04-1089-20 de este órgano. Si las cantidades van a ser ingresadas por
transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200
0500 1274, indicando en el campo “beneficiario” Juzgado de primera instancia número 3
de Torrejón de Ardoz, y en el campo “observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos 3202-0000-04-1089-20.
Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—La juez-magistrada-juez (firmado).
En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada Duralimpio, S. L.,
y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. El texto
completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de
este Tribunal.
En Torrejón de Ardoz, a 14 de mayo de 2021.—La letrada de la Administración de
Justicia (firmado).
(02/28.087/21)

http://www.bocm.es

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Fallo