Madrid (BOCM-20211006-47)
Régimen económico. Pleno del Ayuntamiento. Modificación presupuestaria
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 238
MIÉRCOLES 6 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 161
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
47
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Pleno del Ayuntamiento
Acuerdo del Pleno, de 28 de septiembre de 2021, por el que se aprueba la concesión
de un suplemento de crédito por importe de 59.215,65 euros en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid (Distrito de Arganzuela).
El Pleno del Ayuntamiento, en la sesión (17/2021) ordinaria celebrada el día 28 de septiembre de 2021, adoptó el siguiente acuerdo:
«Aprobar la concesión de un suplemento de crédito por importe de 59.215,65 euros en
el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid, correspondiente al capítulo 2, “Gastos corrientes en bienes y servicios”, en la aplicación presupuestaria 001/202/153.22/210.01 “Reparación, mantenimiento y conservación de vías públicas a cargo de particulares” del programa 153.22 “Otras actuaciones en vías públicas”.
La citada modificación se financia con el remanente líquido de Tesorería afectado a
gastos con financiación afectada obtenido de la liquidación del presupuesto del Ayuntamiento de Madrid del ejercicio 2020».
RESUMEN POR CAPÍTULOS
CAPÍTULO
Capítulo 1
Capítulo 2
Capítulo 3
Capítulo 4
Capítulo 6
Capítulo 7
Capítulo 8
Capítulo 9
TOTAL
Altas
59.215,65
59.215,65
GASTOS
Bajas
TOTAL
Mayor
INGRESOS
Menor
TOTAL
59.215,65
59.215,65
59.215,65
59.215,65
59.215,65
59.215,65
Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de
la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; todo ello, sin perjuicio de
que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, a 28 de septiembre de 2021.—El Secretario General del Pleno, Federico Andrés
López de la Riva Carrasco.
BOCM-20211006-47
(03/28.362/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 238
MIÉRCOLES 6 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 161
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
47
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Pleno del Ayuntamiento
Acuerdo del Pleno, de 28 de septiembre de 2021, por el que se aprueba la concesión
de un suplemento de crédito por importe de 59.215,65 euros en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid (Distrito de Arganzuela).
El Pleno del Ayuntamiento, en la sesión (17/2021) ordinaria celebrada el día 28 de septiembre de 2021, adoptó el siguiente acuerdo:
«Aprobar la concesión de un suplemento de crédito por importe de 59.215,65 euros en
el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid, correspondiente al capítulo 2, “Gastos corrientes en bienes y servicios”, en la aplicación presupuestaria 001/202/153.22/210.01 “Reparación, mantenimiento y conservación de vías públicas a cargo de particulares” del programa 153.22 “Otras actuaciones en vías públicas”.
La citada modificación se financia con el remanente líquido de Tesorería afectado a
gastos con financiación afectada obtenido de la liquidación del presupuesto del Ayuntamiento de Madrid del ejercicio 2020».
RESUMEN POR CAPÍTULOS
CAPÍTULO
Capítulo 1
Capítulo 2
Capítulo 3
Capítulo 4
Capítulo 6
Capítulo 7
Capítulo 8
Capítulo 9
TOTAL
Altas
59.215,65
59.215,65
GASTOS
Bajas
TOTAL
Mayor
INGRESOS
Menor
TOTAL
59.215,65
59.215,65
59.215,65
59.215,65
59.215,65
59.215,65
Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de
la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; todo ello, sin perjuicio de
que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, a 28 de septiembre de 2021.—El Secretario General del Pleno, Federico Andrés
López de la Riva Carrasco.
BOCM-20211006-47
(03/28.362/21)
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ISSN 1989-4791