Madrid (BOCM-20211006-49)
Régimen económico. Pleno del Ayuntamiento. Modificación presupuestaria
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 238
MIÉRCOLES 6 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 163
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
49
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Pleno del Ayuntamiento
Acuerdo del Pleno, de 28 de septiembre de 2021, por el que se aprueba la concesión
de un suplemento de crédito por importe de 2.403,87 euros en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid (Distrito de Arganzuela).
El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (17/2021), ordinaria celebrada el día 28 de septiembre de 2021, adoptó el siguiente acuerdo:
«Aprobar la concesión de un suplemento de crédito por importe de 2.403,87 euros en
el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid, correspondiente al capítulo 2, “Gastos corrientes en bienes y servicios”, en la aplicación presupuestaria 001/202/153.22/210.01,
“Reparación, mantenimiento y conservación de vías públicas a cargo de particulares”, del
programa 153.22, “Otras actuaciones en vías públicas”.
La citada modificación se financia con el remanente líquido de tesorería afectado a
gastos con financiación afectada obtenido de la Liquidación del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid del ejercicio 2020».
RESUMEN POR CAPÍTULOS
CAPÍTULO
Capítulo 1
Capítulo 2
Capítulo 3
Capítulo 4
Capítulo 6
Capítulo 7
Capítulo 8
Capítulo 9
TOTAL
Altas
2.403,87
2.403,87
GASTOS
Bajas
TOTAL
Mayor
INGRESOS
Menor
TOTAL
2.403,87
2.403,87
2.403,87
2.403,87
2.403,87
2.403,87
Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la
publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que
los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente
en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, a 28 de septiembre de 2021.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
BOCM-20211006-49
(03/28.370/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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B.O.C.M. Núm. 238
MIÉRCOLES 6 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 163
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
49
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Pleno del Ayuntamiento
Acuerdo del Pleno, de 28 de septiembre de 2021, por el que se aprueba la concesión
de un suplemento de crédito por importe de 2.403,87 euros en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid (Distrito de Arganzuela).
El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (17/2021), ordinaria celebrada el día 28 de septiembre de 2021, adoptó el siguiente acuerdo:
«Aprobar la concesión de un suplemento de crédito por importe de 2.403,87 euros en
el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid, correspondiente al capítulo 2, “Gastos corrientes en bienes y servicios”, en la aplicación presupuestaria 001/202/153.22/210.01,
“Reparación, mantenimiento y conservación de vías públicas a cargo de particulares”, del
programa 153.22, “Otras actuaciones en vías públicas”.
La citada modificación se financia con el remanente líquido de tesorería afectado a
gastos con financiación afectada obtenido de la Liquidación del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid del ejercicio 2020».
RESUMEN POR CAPÍTULOS
CAPÍTULO
Capítulo 1
Capítulo 2
Capítulo 3
Capítulo 4
Capítulo 6
Capítulo 7
Capítulo 8
Capítulo 9
TOTAL
Altas
2.403,87
2.403,87
GASTOS
Bajas
TOTAL
Mayor
INGRESOS
Menor
TOTAL
2.403,87
2.403,87
2.403,87
2.403,87
2.403,87
2.403,87
Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la
publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que
los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente
en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, a 28 de septiembre de 2021.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
BOCM-20211006-49
(03/28.370/21)
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ISSN 1989-4791