Móstoles número 1 (BOCM-20211006-117)
Ejecución 159/2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 272
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 6 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 238
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
117
MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Victoria Esteban Delgado, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo
Social nº 1 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento número 159/2021 (ejecución) de este juzgado de
lo Social, seguido a instancias de D./Dña. ABDERRAHIM ASRI SERROUKH frente a
CONSTRUCCIONES FUENCIUDAD, S. L., sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha
dictado la siguiente resolución:
Despachar orden general de ejecución de sentencia y auto de extinción a favor de la
parte ejecutante, D./Dña. ABDERRAHIM ASRI SERROUKH, frente a la demandada
CONSTRUCCIONES FUENCIUDAD, S. L., parte ejecutada, por un principal de
15.863,68 euros (que corresponde 5.088,91 euros a indemnización, 3.965,25 euros a salarios de trámite y 6.809,52 euros a reclamación de cantidad), más 2.400 euros de intereses y
costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación.—Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de
los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles
infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta
de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO SANTANDER 2850-0000-64-0159-21.
Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.D./Dña.
Francisco Juan Sánchez Delgado.—El magistrado-juez.
En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:
Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días
puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de
no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Y para que sirva de notificación en legal forma a CONSTRUCCIONES FUENCIUDAD, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a catorce de septiembre de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/27.624/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20211006-117
Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en
el plazo de tres días desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—El/la letrado/a de la Admón. de Justicia, D./Dña. María Victoria Esteban Delgado.
Pág. 272
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 6 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 238
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
117
MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Victoria Esteban Delgado, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo
Social nº 1 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento número 159/2021 (ejecución) de este juzgado de
lo Social, seguido a instancias de D./Dña. ABDERRAHIM ASRI SERROUKH frente a
CONSTRUCCIONES FUENCIUDAD, S. L., sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha
dictado la siguiente resolución:
Despachar orden general de ejecución de sentencia y auto de extinción a favor de la
parte ejecutante, D./Dña. ABDERRAHIM ASRI SERROUKH, frente a la demandada
CONSTRUCCIONES FUENCIUDAD, S. L., parte ejecutada, por un principal de
15.863,68 euros (que corresponde 5.088,91 euros a indemnización, 3.965,25 euros a salarios de trámite y 6.809,52 euros a reclamación de cantidad), más 2.400 euros de intereses y
costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación.—Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de
los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles
infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta
de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO SANTANDER 2850-0000-64-0159-21.
Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.D./Dña.
Francisco Juan Sánchez Delgado.—El magistrado-juez.
En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:
Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días
puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de
no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Y para que sirva de notificación en legal forma a CONSTRUCCIONES FUENCIUDAD, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a catorce de septiembre de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/27.624/21)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en
el plazo de tres días desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—El/la letrado/a de la Admón. de Justicia, D./Dña. María Victoria Esteban Delgado.