Madrid número 24 (BOCM-20211005-79)
Ejecución 96/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 237

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE OCTUBRE DE 2021

Pág. 225

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
79

MADRID NÚMERO 24
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 24 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 96/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. RAUL ORTEGA FERNANDEZ frente a LIVEMARKETS EAFI
SA, BACKINTIME SL, ADDICIONA MULTICOMERCIAL, LIFE MARKETS GESTION INMOBILIARIA XXI SL, LIVEMARKETS REALTY FINANCIAL PLANNING
SL, D./Dña. DANIEL PUERTA ARRANZ, PRIME SELECT SL y MULTIACUERDO SL
sobre Ejecución de títulos judiciales se han dictado las siguientes resoluciones:
“PARTE DISPOSITIVA
Declaro la extinción de la relación laboral que unía a D. Raúl Ortega Fernández con
Multiacuerdos S.L., Backintime S.L., Life Markets Gestión inmobiliaria XXI S.L., Prime
Select S.L., Livemarkets Realty Financial Planning S.L., a fecha de esta resolución, cesando por tanto los efectos de la relación laboral para cada una de las partes.
Condeno a Multiacuerdos S.L., Backintime S.L., Life Markets Gestión inmobiliaria
XXI S.L., Prime Select S.L., Livemarkets Realty Financial Planning S.L. a abonar a D.
Raúl Ortega Fernández en concepto de indemnización la cantidad de 10.632,33 euros, así
como la cantidad de 2.117,38 euros, en concepto de salarios de tramitación.
Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma
podrá interponerse recurso de reposición, con carácter previo a la suplicación ante la Sala
de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de conformidad a lo dispuesto en
la LRJS”.
Y
“PARTE DISPOSITIVA
Aclaro el Auto dictado en este procedimiento de fecha 10 de junio de 2021 en los siguientes términos:

Y para que sirva de notificación en legal forma a BACKINTIME S.L., LIFE MARKETS GESTION INMOBILIARIA XXI S.L., PRIME SELECT S.L., LIVEMARKETS
EAFI S.A., MULTIACUERDOS S.L., ADDICIONA MULTICOMERCIAL S.L. y LIFEMARKETS REALTY FINANCIAL PLANNING S.L., y de manera solidaria a las codemandadas BACKINTIME S.L., LIFE MARKETS GESTION INMOBILIARIA XXI S.L.,
PRIME SELECT S.L., LIVEMARKETS EAFI S.A., MULTIACUERDOS S.L., ADDICIONA MULTICOMERCIAL S.L. y LIFEMARKETS REALTY FINANCIAL
PLANNING, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

BOCM-20211005-79

En el Fundamento de Derecho Segundo, en lugar de “…lo que supone un salario diario de 46,03 euros” que “lo que supone un salario diario de 114,34 euros”.
Y, por ello, en el Fallo –y en el Fundamento de Derecho Segundo-, en lugar de, “…en
concepto de indemnización la cantidad de 10.632,33 euros, así como la cantidad
de 2.117,38 euros, en concepto de salarios de tramitación”, debe constar: “…en concepto
de indemnización la cantidad de 26.412,54 euros, así como la cantidad de 5.259,64 euros,
en concepto de salarios de tramitación”.
Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos
que procedan, en su caso, contra la sentencia a la que se refiere la aclaración”.