Madrid número 24 (BOCM-20211005-75)
Ejecución 94/2021
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 237
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 219
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
75
MADRID NÚMERO 24
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 24 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 94/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. RAFAEL CARLOS CARRILLO GUERRERO frente a
BACKINTIME SL, D./Dña. DANIEL PUERTA ARRANZ, LIVEMARKETS EAFI SA,
MULTIACUERDO SL, LIVEMARKETS REALTY FINANCIAL PLANNING SL, PRIME SELECT SL, ADDICIONA MULTICOMERCIAL y LIFE MARKETS GESTION INMOBILIARIA XXI SL sobre Ejecución de títulos judiciales se han dictado las siguientes
resoluciones:
“PARTE DISPOSITIVA
Declaro la extinción de la relación laboral que unía a D. Rafael Carlos Carrillo Guerrero con Multiacuerdos S.L., Backintime S.L., Life Markets Gestión inmobiliaria XXI
S.L., Prime Select S.L., Livemarkets Realty Financial Planning S.L., a fecha de esta resolución, cesando por tanto los efectos de la relación laboral para cada una de las partes.
Condeno a Multiacuerdos S.L., Backintime S.L., Life Markets Gestión inmobiliaria
XXI S.L., Prime Select S.L., Livemarkets Realty Financial Planning S.L. a abonar a D. Rafael Carlos Carrillo Guerrero en concepto de indemnización la cantidad de 4.122,74 euros,
así como la cantidad de 2.130,3 euros, en concepto de salarios de tramitación”.
Y
“PARTE DISPOSITIVA
Y para que sirva de notificación en legal forma a BACKINTIME S.L., LIFE MARKETS
GESTION INMOBILIARIA XXI S.L., PRIME SELECT S.L., LIVEMARKETS EAFI S.A.,
MULTIACUERDOS S.L., ADDICIONA MULTICOMERCIAL S.L. y LIFEMARKETS
REALTY FINANCIAL PLANNING S.L., y de manera solidaria a las codemandadas
BACKINTIME S.L., LIFE MARKETS GESTION INMOBILIARIA XXI S.L., PRIME SELECT S.L., LIVEMARKETS EAFI S.A., MULTIACUERDOS S.L., ADDICIONA MULTICOMERCIAL S.L. y LIFEMARKETS REALTY FINANCIAL PLANNING, en ignorado
paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a trece de septiembre de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/27.436/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20211005-75
Aclaro el Auto dictado en este procedimiento de fecha 10 de junio de 2021 en los siguientes términos:
En el Fundamento de Derecho Segundo, en lugar de “…lo que supone un salario diario de 39,45 euros” que “lo que supone un salario diario de 59,46 euros”
Y, por ello, en el Fallo –y en el Fundamento de Derecho Segundo-, en lugar de, “…en
concepto de indemnización la cantidad de 4.122,74 euros, así como la cantidad de 2.130,3
euros, en concepto de salarios de tramitación”, debe constar: “…en concepto de indemnización la cantidad de 8.175,75 euros, así como la cantidad de 3.210,84 euros, en concepto
de salarios de tramitación”
B.O.C.M. Núm. 237
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 219
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
75
MADRID NÚMERO 24
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 24 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 94/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. RAFAEL CARLOS CARRILLO GUERRERO frente a
BACKINTIME SL, D./Dña. DANIEL PUERTA ARRANZ, LIVEMARKETS EAFI SA,
MULTIACUERDO SL, LIVEMARKETS REALTY FINANCIAL PLANNING SL, PRIME SELECT SL, ADDICIONA MULTICOMERCIAL y LIFE MARKETS GESTION INMOBILIARIA XXI SL sobre Ejecución de títulos judiciales se han dictado las siguientes
resoluciones:
“PARTE DISPOSITIVA
Declaro la extinción de la relación laboral que unía a D. Rafael Carlos Carrillo Guerrero con Multiacuerdos S.L., Backintime S.L., Life Markets Gestión inmobiliaria XXI
S.L., Prime Select S.L., Livemarkets Realty Financial Planning S.L., a fecha de esta resolución, cesando por tanto los efectos de la relación laboral para cada una de las partes.
Condeno a Multiacuerdos S.L., Backintime S.L., Life Markets Gestión inmobiliaria
XXI S.L., Prime Select S.L., Livemarkets Realty Financial Planning S.L. a abonar a D. Rafael Carlos Carrillo Guerrero en concepto de indemnización la cantidad de 4.122,74 euros,
así como la cantidad de 2.130,3 euros, en concepto de salarios de tramitación”.
Y
“PARTE DISPOSITIVA
Y para que sirva de notificación en legal forma a BACKINTIME S.L., LIFE MARKETS
GESTION INMOBILIARIA XXI S.L., PRIME SELECT S.L., LIVEMARKETS EAFI S.A.,
MULTIACUERDOS S.L., ADDICIONA MULTICOMERCIAL S.L. y LIFEMARKETS
REALTY FINANCIAL PLANNING S.L., y de manera solidaria a las codemandadas
BACKINTIME S.L., LIFE MARKETS GESTION INMOBILIARIA XXI S.L., PRIME SELECT S.L., LIVEMARKETS EAFI S.A., MULTIACUERDOS S.L., ADDICIONA MULTICOMERCIAL S.L. y LIFEMARKETS REALTY FINANCIAL PLANNING, en ignorado
paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a trece de septiembre de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/27.436/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20211005-75
Aclaro el Auto dictado en este procedimiento de fecha 10 de junio de 2021 en los siguientes términos:
En el Fundamento de Derecho Segundo, en lugar de “…lo que supone un salario diario de 39,45 euros” que “lo que supone un salario diario de 59,46 euros”
Y, por ello, en el Fallo –y en el Fundamento de Derecho Segundo-, en lugar de, “…en
concepto de indemnización la cantidad de 4.122,74 euros, así como la cantidad de 2.130,3
euros, en concepto de salarios de tramitación”, debe constar: “…en concepto de indemnización la cantidad de 8.175,75 euros, así como la cantidad de 3.210,84 euros, en concepto
de salarios de tramitación”