Madrid número 25 (BOCM-20211004-75)
Procedimiento 263/2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 236
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 4 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 297
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
75
MADRID NÚMERO 25
EDICTO
En virtud de lo acordado en los autos 263/2020, por no ser conocido el domicilio de
doña Matilde Fraga Fernández, por resolución de 7 de junio de 2021, de conformidad con
lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la LEC, se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia de fecha 25 de
marzo de 2021, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es la siguente:
Sentencia número 162/2021
En Madrid a 25 de marzo de 2021.—Doña María Inmaculada Galán Rodríguez, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 25 de ésta ciudad, habiendo visto
los presentes autos de divorcio contencioso tramitados en éste Juzgado bajo el número 263/20, a instancia de D. Martín Sánchez Merino, representado por la procuradora de los
tribunales, Dña. Elsa Blanco González y asistido del letrado Dña. Marta Retenaga Pérez,
frente a Dña. Matilde Fraga Fernández, en situación procesal de rebeldía, en virtud de las
facultades que le han sido conferidas por la Constitución y en nombre del Rey, dicta la siguiente sentencia.
Fallo
BOCM-20211004-75
Estimar la demanda interpuesta el procurador de los Tribunales Dña. Elsa Blanco González, en nombre y representación de D. Martín Sánchez Merino, frente a Dña. Matilde Fraga Fernández, en situación procesal de rebeldía, y en su virtud acordar.
1. Se declara extinguido el matrimonio celebrado entre D. Martín Sánchez Merino y
doña Matilde Fraga Fernández, debiéndose hacer así constar en el correspondiente asiento
del Registro Civil.
2. La disolución de la sociedad legal de gananciales, cuya liquidación podrá llevarse a cabo por los trámites previstos en la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000.
No se imponen a ninguna de las partes las costas del presente procedimiento.
Llévese el original al libro de sentencias.
Así por esta mi sentencia, contra la que cabe interponer recurso de apelación ante la
Ilma. Audiencia Provincial de Madrid, que no suspenderá la eficacia de las medidas acordadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 455 y 774 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a doña Matilde Fraga Fernández, expido y firmo la
presente.
En Madrid, a 7 de junio de 2021.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/27.688/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 236
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 4 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 297
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
75
MADRID NÚMERO 25
EDICTO
En virtud de lo acordado en los autos 263/2020, por no ser conocido el domicilio de
doña Matilde Fraga Fernández, por resolución de 7 de junio de 2021, de conformidad con
lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la LEC, se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia de fecha 25 de
marzo de 2021, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es la siguente:
Sentencia número 162/2021
En Madrid a 25 de marzo de 2021.—Doña María Inmaculada Galán Rodríguez, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 25 de ésta ciudad, habiendo visto
los presentes autos de divorcio contencioso tramitados en éste Juzgado bajo el número 263/20, a instancia de D. Martín Sánchez Merino, representado por la procuradora de los
tribunales, Dña. Elsa Blanco González y asistido del letrado Dña. Marta Retenaga Pérez,
frente a Dña. Matilde Fraga Fernández, en situación procesal de rebeldía, en virtud de las
facultades que le han sido conferidas por la Constitución y en nombre del Rey, dicta la siguiente sentencia.
Fallo
BOCM-20211004-75
Estimar la demanda interpuesta el procurador de los Tribunales Dña. Elsa Blanco González, en nombre y representación de D. Martín Sánchez Merino, frente a Dña. Matilde Fraga Fernández, en situación procesal de rebeldía, y en su virtud acordar.
1. Se declara extinguido el matrimonio celebrado entre D. Martín Sánchez Merino y
doña Matilde Fraga Fernández, debiéndose hacer así constar en el correspondiente asiento
del Registro Civil.
2. La disolución de la sociedad legal de gananciales, cuya liquidación podrá llevarse a cabo por los trámites previstos en la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000.
No se imponen a ninguna de las partes las costas del presente procedimiento.
Llévese el original al libro de sentencias.
Así por esta mi sentencia, contra la que cabe interponer recurso de apelación ante la
Ilma. Audiencia Provincial de Madrid, que no suspenderá la eficacia de las medidas acordadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 455 y 774 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a doña Matilde Fraga Fernández, expido y firmo la
presente.
En Madrid, a 7 de junio de 2021.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/27.688/21)
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ISSN 1989-4791